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AFIP instrumentó la nueva suspensión de ejecuciones fiscales y embargos contra pymes y otros contribuyentes

Se trata de la instancia judicial para el cobro de impuestos, patentes, tasas, deudas, entre otros. La medida apunta a encontrar un mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias de los ciudadanos

El Ministerio de Economía encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que prorrogue la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos contra pymes y otros contribuyentes. Y este viernes, el ente regulador instrumentó la prórroga modificando la Resolución General 5482/2024 que dispone la suspensión hasta el 31/07/2024.

En los considerandos de la Resolución General 5532/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, se detalla que como la cartera dirigida por Luis Caputo "prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive, el plazo previsto originalmente para la aplicación de la referida suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares; por consiguiente, corresponde dictar la norma pertinente a fin de dar cumplimiento a lo indicado en el párrafo anterior".

Se trata de la segunda extensión de plazo, que pone en pausa la instancia judicial “para el cobro de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios o mejoras, multas adeudadas a la Administración pública, aportes y contribuciones al sistema nacional de previsión social”.

La AFIP extendió el plazo de suspensión de juicios de ejecución fiscal.

Si no se disponía esta prórroga, a partir del 1 de agosto de 2024 la AFIP iba a comenzar a iniciar juicios de ejecución y a trabar medidas cautelares.

La medida aplica para:

  1. Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1 y 2- con "Certificado MiPyME".
  2. Las personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes de acuerdo con la reglamentación de la AFIP.
  3. Las entidades sin fines de lucro registradas ante la AFIP.
  4. Determinados contribuyentes del sector “salud”.

El Gobierno había justificado su medida en que "el Estado Nacional continúa trabajando en la elaboración e impulso de normas que brinden a los contribuyentes de que se trata herramientas que les posibiliten un mejor cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de allí que resulte necesario, a los efectos de acompañar dicho proceso, extender el ámbito temporal de aplicación de la resolución 17/2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive".