Aumenta el aporte para la obra social de monotributistas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió aumentar a partir de noviembre el monto que los monotributistas pagan al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Registro Nacional de Obras Sociales, que pasará de $ 100 a $ 146 y de $50 a $ 73, por cada beneficiario titular y por cada familiar a cargo incluido en el plan de la obra social, respectivamente. La resolución fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
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Según informó , la resolución general 3533, firmada por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, justifica que el cambio en el valor que los trabajadores del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes deben pagar se debe a "razones" de "administración tributaria" y a "la necesidad de mantener el debido financiamiento" del sistema para "garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas".
El monotributo tiene tres componentes de pago: el impositivo, el previsional y el de obra social. Sólo el primero diferencia los importes a pagar según el monto que factura el contribuyente: por la salud y la jubilación se abona lo mismo tanto en la categoría más baja como en la más elevada.
La resolución:
Artículo 1° - Fíjase el valor de la cotización fija con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud previsto en el inciso b) del artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS ($ 146.-).
Art. 2° - Fíjase el valor de la cotización fija con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales previsto en el inciso c) del artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS ($ 146.-) .
Art. 3° - Sustitúyense en la tabla del artículo 30 de la Resolución General Nº 2746 y sus modificatorias, las expresiones "100" y "50" por las expresiones "146" y "73", respectivamente.
Art. 4° - Las disposiciones que se establecen en esta resolución general resultarán de aplicación a partir del 1 de noviembre de 2013, inclusive.