Atención monotributistas: el requisito clave para acceder a la bonificación del 100%
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reemplazó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se encuentra implementando nuevos cambios con el objetivo de incentivar la formalización de actividades económicas. Entre las principales modificaciones se destacan la recategorización semestral, nuevas formas de pago y la bonificación del 100% para los monotributistas que cumplan con ciertos requisitos.
En cuanto a este último punto, los contribuyentes del Régimen Simplificado (monotributo) que posean propiedades en alquiler y registren los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI) dentro de los 15 días posteriores a su firma podrán acceder a la eliminación del 100% de la cuota del monotributo. Además, recibirán otros beneficios, como la exención del impuesto sobre transacciones bancarias para los ingresos generados por alquileres y la posibilidad de reducir un 10% anual en el Impuesto a las Ganancias.
Requisitos para acceder al beneficio
Como mencionamos, los monotributistas deben cumplir con ciertos criterios:
- Adherirse al Régimen Simplificado exclusivamente para la locación de hasta dos inmuebles (quienes posean más de tres propiedades no pueden acceder al beneficio).
- Registrar los contratos de alquiler en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI).
- Estar inscriptos como monotributistas en la actividad de alquileres.
- No superar los ingresos máximos de la categoría K, que en 2025 es de $82.370.281,28.
Paso a paso: cómo obtener el beneficio si cumplís con los requisitos
- Ingresar al Portal del Monotributo con clave fiscal y seleccionar “Modificación locador de hasta 2 inmuebles – Beneficio Ley 27737”.
- Indicar el período a partir del cual se solicita la exención.
- Acceder al Sistema Registral y seleccionar la actividad “681098 – Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia con bienes propios o arrendados”.
- Declarar el inmueble y su ubicación en la sección “Registro Único Tributario”, asignando destino comercial “Alquiler”.
- Asegurar que los contratos de alquiler estén inscritos en el RELI dentro de los primeros 15 días posteriores a la firma del contrato.