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Gestación subrogada: qué dice la ley argentina sobre esta práctica

En las últimas horas, el Papa Francisco reavivó el debate de la gestación por sustitución. En ese marco, detallamos qué dice -o no- la ley, y cuáles fueron algunos de los casos con más repercusión.

El lunes, el Papa Francisco, a través del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, habló de la dignidad de los seres humanos y cómo, según su postura, prácticas como la maternidad subrogada pueden atentar contra ella. En la Declaración Dignitas Infinita, el máximo pontífice dictaminó: "Con esta práctica, la mujer se desvincula del hijo que crece en ella y se convierte en un mero medio al servicio del beneficio o del deseo arbitrario de otros. Esto se contrapone, totalmente, con la dignidad fundamental de todo ser humano".

No es la primera vez que el Papa se manifiesta al respecto. En enero del año corriente, Francisco I hizo un llamado a la Comunidad Internacional con el deseo de que prohibiera la gestación subrogada en el mundo. “Esta práctica ofende gravemente la dignidad de la mujer y del niño; y se basa en la explotación de la situación de necesidad material de la madre", expresó entonces.

Las declaraciones que llegan desde el Vaticano reavivaron el debate sobre la legalidad y ética de la maternidad subrogada en el mundo. Sucede que, en países como España, Francia, Italia y Alemania la gestación subrogada está prohibida, mientras que Estados Unidos, Canadá, Reino Unido y Australia -entre otros- la permiten. La práctica consiste en que una persona gestante lleve adelante un embarazo, con el fin de que otra persona o pareja se haga cargo del niño a partir de su nacimiento, a partir de un acuerdo entre las partes. Pero, ¿qué pasa en Argentina?

La persona gesta a un bebé por 9 meses y realiza un acuerdo para que una pareja se haga cargo de él desde su nacimiento. Foto: Archivo MDZ

Qué dice la Ley

En nuestro país, la subrogación no cuenta con una reglamentación o regulación oficial, ni siquiera una prohibición. Es por ello que, se enmarca en un “vacío legal” que, de alguna manera, avala a organismos, fundaciones y consultorios privados a realizar esta práctica sin regulación alguna, enmarcándose en un “gris” de la Ley. Es así que, cientos de personas -entre ellas celebridades como Marley y Luciana Salazar- deciden tener hijos mediante el método de gestación subrogada para cumplir su deseo de formar una familia, a pesar de las imposibilidades propias para gestar.

Lo único que se debe hacer de manera legal, en caso de querer tener hijos mediante la gestación por sustitución, es realizar una presentación judicial para pedir autorización. Esto es así debido a lo señalado en el artículo 562 del Código Civil y Comercial de la Nación, que dice lo siguiente: “Voluntad procreacional. Los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre en los términos de los artículos 560 y 561, debidamente inscripto en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, con independencia de quién haya aportado los gametos”.

En tanto, y a diferencia del resto del país, en la Ciudad de Buenos Aires existe un amparo colectivo que da la posibilidad de no recurrir a la Justicia por una aprobación. Se trata de la disposición número 93/DGRC/1713 del Gobierno de la Ciudad, que rige desde 2017 y “que autoriza preventivamente la inscripción de los nacidos por subrogación sin autorización judicial”, de acuerdo a lo detallado en el Informe de Subrogación, realizado por la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina.

Los mendocinos Damián y Facundo tuvieron a su hijo Gaspar mediante la gestación subrogada. Foto: Gentileza

En Mendoza, por otra parte, desde 2015 funciona un Protocolo que permite regular los casos de gestación por sustitución. A raíz de ello, se han autorizado decenas de embarazos subrogados, siempre contando con la mediación de un Juez.

La postura del Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación

Desde el Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación, destacan que la subrogación es una práctica para la cual se exige el “respeto a la diversidad familiar, la pluralidad de la sociedad y el reconocimiento a la solidaridad de las gestantes”. Asimismo, los jueces que aprueban estas peticiones, suelen argumentar su decisión citando al artículo 19 de la Constitución, que dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

En tanto, cientos de ciudadanos argentinos que prefieren evitar el paso de la autorización de un juez, viajan a la Ciudad de Buenos Aires para iniciar su deseo sin ninguna traba. Tal es el caso de Damián y Facundo, una pareja de mendocinos que pudo tener a su primer hijo a través de la ayuda y la subrogación del vientre de Mónica. En julio de 2022, la pareja viajó a la Ciudad de Buenos Aires para recibir con los brazos abiertos a Gaspar, el bebé que Mónica gestó por nueve meses.

Lo mismo hacen personas de cualquier parte del mundo, sobre todo, provenientes de países donde la subrogación es ilegal. En paralelo, legisladores como Marcelo Germán Wechsler, Anabel Fernández Sagasti y Gabriela Beatriz Estévez han presentado proyectos de Ley para regular la gestación por subrogación en el país, ante tanta de manda y carencia de estadísticas oficiales.