Mendoza criticó a La Pampa por acudir al Juzgado Federal de Santa Rosa por Los Nihuiles
Jimena Latorre y Hebe Casado cuestionaron la decisión de un magistrado Federal de Santa Rosa que suspende los efectos del decreto de Milei que le otorga el 100% de las regalías de Los Nihuiles a Mendoza.
Sigue el fuego cruzado entre Mendoza y La Pampa por Los Nihuiles.
Argentina.gob.arLuego de que este miércoles el juez Federal de Santa Rosa (La Pampa), Juan José Baric, dejara sin efecto el decreto del presidente Javier Milei que disponía que la totalidad de las regalías generadas por el complejo hidroeléctrico Los Nihuiles debían ser percibidas por Mendoza, desde el gobierno mendocino fueron tajantes: "Es una medida cautelar de muy corto vuelo".
La ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, cuestionó la resolución del Juzgado Federal de Santa Rosa y explicó que esta es "sobre una cautelar interina, ni siquiera es la cautelar autónoma. Es interina porque no se le dio vista a la contraparte, que es la demandada, que es el Estado Nacional". En ese sentido, la funcionaria explicó que la resolución en cuestión no afecta a Mendoza y criticó que desde La Pampa hayan desestimado realizar el planteo por la vía administrativa: "En lugar de elegir esa vía que correspondía, eligió una cautelar autónoma para que fuera un juzgado de La Pampa, federal, pero de la provincia de La Pampa, y una fiscalía de La Pampa las que intervinieran".
Según la Ministra, el conflicto se debería haber dirimido en la Corte Suprema de Justicia "porque la competencia originaria en conflictos interprovincias o entre una provincia y la Nación". En ese sentido, recordó que Mendoza tomó esa vía en 2022 para pedir la nulidad del Decreto 1560/1973. "Lo que hizo la provincia de La Pampa es eludir la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia y buscar que un juez pampeano resolviera con un remedio excepcionalísimo a una discusión que lleva muchísimos años y respecto a la cual efectivamente carecen de nuevos argumentos".
En paralelo, Latorre calificó la medida como "de muy corto vuelo", ya que los efectos de la cautelar perduran hasta que Nación conteste el informe que la sentencia manda a pedir. Para ello, se otorgó un plazo de tres días. "Es una medida cautelar de muy corta vida porque en el mismo dispositivo dice que dura hasta tanto conteste la parte demandada, a la que se le da tres días".
Para la ministra, el gobierno de La Pampa, "lejos de defender los intereses de los pampeanos, lo único que busca es seguir dilatando y fortaleciendo una postura política, y hacer de esto una discusión política partidaria".
Hebe Casado también criticó la medida cautelar
Quien también salió al cruce de la medida cautelar fue la vicegobernadora Hebe Casado: "Una cautelar dictada por juez federal de La Pampa justificando un decreto de la dictadura", arremetió la vice en su cuenta en la red social "X".
Qué dice la cautelar del juez federal de La Pampa
Juan José Baric, magistrado del Juzgado Federal de Santa Rosa dictaminó una medida cautelar en contra del Decreto 982/2026, que había sido causa de recientes enfrentamientos entre el gobernador Alfredo Cornejo y su par pampeano, Sergio Ziliotto. Mientras Mendoza celebró la decisión de Milei que le otorgaba el 100% de las regalías de Los Nihuiles, en La Pampa se opusieron rápidamente. El argumento esgrimido por el Ejecutivo nacional es que la fuente hidroeléctrica se encuentra íntegramente en territorio mendocino.
La resolución de Baric restablece para La Pampa el derecho a cobrar el 50% de esos recursos, que percibe desde 1973 a través de lo que se dictaminó en su momento en la presidencia de facto de Agustín Lanusse. Al menos hasta que se resuelva la acción de fondo, tras la presentación realizada por el Gobierno de La Pampa.
“Hacer lugar a la medida cautelar interina en los términos del artículo 4, inciso 1, tercer párrafo, de la Ley 26.854, ordenándose la suspensión inmediata de los arts. 3° y 4° del Decreto Nº 982/2026 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional”, establece la resolución del juez federal.
“A tal fin, requiérase al Poder Ejecutivo Nacional que produzca el informe previo previsto por el art. 4 de la Ley 26.854, en el plazo de tres (3) días de notificada la presente resolución”, agrega.
Para dar lugar a la medida, Baric tuvo en cuenta el Decreto 1560/1973, que otorgó a esa provincia el derecho a percibir la mitad de la regalía que el Estado Nacional abonaba a Mendoza por el emplazamiento del complejo hidroeléctrico El Nihuil sobre el río Atuel.
Por otro lado, agregó que el decreto firmado por Javier Milei "produce una modificación inmediata y sustancial del régimen existente que estaría colisionando con la autonomía provincial".
En paralelo, también expuso que la decisión tendría un impacto económico en La Pampa, ya que tiene dicha provincia tiene "un régimen jurídico vigente desde hace décadas, reconocido por la Nación, incorporado a un acuerdo interjurisdiccional y homologado judicialmente, provocando la modificación unilateral del Poder Ejecutivo una quita en la participación en los recursos derivados del aprovechamiento hidroeléctrico de un río interjurisdiccional, provocando sobre todo un grave perjuicio".
Finalmente, el magistrado se refirió a la concesión de Los Nihuiles: "Si se mantiene la vigencia del Decreto, los pliegos, bases y condiciones de dicha licitación establecerán el pago total de las Regalías Hidroeléctricas a la provincia de Mendoza siendo luego casi de imposible reparación la incorporación del pago de regalías a nuestra provincia", sostuvo.