Otro dictamen avaló la suba del Impuesto Automotor y ahora resta la definición de la Justicia
La Justicia Provincial sigue avanzando con el expediente con el cual el Partido Verde busca que se dé marcha atrás a los incrementos al Impuesto Automotor que dispuso el Gobierno Provincial, luego del proyecto de ley Impositiva que aprobó la propia Legislatura.
No obstante, de a poco caen las expectativas de que se la Justicia suspenda estos aumentos, ya que, al dictamen de Fiscalía de Estado, que sugirió rechazar el planteo de inconstituicionalidad del Partido Verde, se sumó en estos días el del Ministerio Público Fiscal, que se expidió en el mismo sentido.
Será de igual forma el Juzgado Civil Nº 12, a cargo del magistrado Oscar Eduardo Vázquez, quien deba resolver la denuncia el espacio opositor, que considera "inconstitucional" la decisión que tomó el Gobierno de dejar de lado los valores de la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor (Dnrpa), y tomar los datos de la Asociación de Concesionarias de la República Argentina (Acara), que son en promedio un 40% más elevados.
De hecho, este año los mendocinos tuvieron una suba promedio del 151% en los rodados, respecto a las boletas del 2024, lo que motivó el rechazo de algunos sectores opositores.
Dictámenes en contra
Como se mencionó, Fiscalía de Estado recomendó a la Justicia que se rechace el planteo de inconstitucionalidad que presentó el partido opositor; y lo mismo ocurrió con el Ministerio Público Fiscal, el cual en su dictamen aseguró, por un lado, que está "mal formulado" dentro del plano judicial; pero además consideró que no hay una "delegación ilegítima" de las facultades que son de la Legislatura al Poder Ejecutivo.
Con esta suma de rechazos de los organismos, si bien no son vinculantes, se deja planteado un panorama positivo para el Poder Ejecutivo, que ha defendido a través de la Administración Tributaria Mendoza (ATM) la decisión de utilizar como base de cálculo los datos de Acara y no los de la Dnrpa, que entienden que están "desactualizados".
De hecho, el párrafo cuestionado es el del artículo 9 de la ley Impositiva, quie establece que "a los fines de la determinación del avalúo de los vehículos del Grupo I, Grupo II y Grupo VI inciso d.2 del presente artículo, la ATM ajustará los valores respectivos en base a consultas a la Dnrpa o en su caso, en función a las publicaciones periódicas realizadas por Acara u otros organismos oficiales o a fuentes de información sobre el mercado automotor que resulten disponibles al momento de emitirse la facturación correspondiente a la primera cuota del gravamen".
Para el MPF, a través del dictamen realizado por el fiscal de Cámara, Víctor Hugo Babolene, el planteo del senador provincial Verde, Duggar Chappel "debe ser rechazado" por la Justicia "por no violentar norma constitucional alguna, ni ser ésta la vía idonea para su discusión".
En sus fundamentaciones, indicó que la vía procesal del amparo no es la correcta para cuestionar la validez de una norma tributaria y que en su lugar, se debería haber realizado un planteo directo a la Suprema Corte.
"Debemos aclarar que el procedimiento adecuado para discutir la validez o constitucionalidad de una norma Tributaria o fiscal, a un caso particular, es el de la Acción Procesal Administrativa regulada por el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la Provincia de Mendoza (Ley 9001). o la Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza", marca el dictamen del MPF.
Además, agregó que la declaración de inconstitucionalidad de una normativa legal, como propone el Partido Verde, "es un acto de suma gravedad institucional por afectar el principio constitucional de división de poderes, razón por la cual esta debe ser la 'ultima ratio' del ordenamiento jurídico positivo y, por esta razón, corresponde que sea aplicada con suma prudencia y precaución, en forma restrictiva y solo cuando se verifique en el caso concreto una manifiesta contradicción entre ésta y la Constitución Nacional".
Pero de igual forma, en el planteo de fondo, desde el MPF sostuvieron que, para ellos, no hubo una "violación de la ley" como sugiere el Partido Verde, quienes insisten en que hubo una "delegación ilegítima de facultades" del Poder Legislativo al Ejecutivo.
En este sentido, dejaron asentada su opinión en que el Poder Legislativo fijó "un mecanismo residual para la determinación de la base imponible del Impuesto Automotor, 'no la determinación del impuesto", en referencia a poder elegir entre la Dnrpa o Acara.
"El órgano legislativo ha otorgado la herramienta en la que debe basarse la Administración Tributaria de Mendoza", aseguraron.
Y agregaron: "En su función de legislar en materia tributaria está fijando los mecanismos que deben usarse a los fines recaudatorios, no ha dejado de lado su función legislativa. En otras palabras, ha establecido el procedimiento a usar por el órgano recaudador para poder fijar el monto del tributo a percibir".
El rechazo de Fiscalía de Estado
Desde el órgano contralor señalaron que “las normas legales y principios jurídicos que sustentan la resistencia a la pretensión material que se dirige contra la demandada directa, resultan adecuados a los hechos invocados en el referido responde, de modo que junto con la representación de la entidad estatal demandada y por las razones jurídicas expuestas por ella, Fiscalía de Estado, peticiona el rechazo del presente amparo y su medida cautelar”.
Además, solicitó que “al resolver, se rechace el presente amparo y su medida cautelar, conforme la falta de legitimación sustancial pasiva planteada y las defensas interpuestas por el apoderado del Gobierno de la Provincia de Mendoza”.
El planteo del Partido Verde
El planteo del espacio liderado por Emanuel Fugazzotto asegura que el Ejecutivo "actuó de manera totalmente ilegal al interpretar el artículo, ya que éste establece un orden imperativo para la valuación de los vehículos, comenzando por la Dnrpa y recurriendo a otros registros solo en caso de que no haya valuaciones disponibles".
"La decisión de utilizar el índice de Acara en lugar del de la Dnrpa responde únicamente a la intención de aumentar el tributo en perjuicio de los mendocinos. A los incrementos ya aplicados, se sumó un 50% más en el valor de los vehículos, generando una carga impositiva desproporcionada para los contribuyentes. No permitiremos que este atropello continúe y confiamos en que la Justicia intervenga para revertir esta medida. Con más de 300 pruebas documentales, hemos demostrado que el Gobierno Provincial falta a la verdad cuando justifica esta elección", indicó el principal referente del Partido Verde.
La defensa del Gobierno
El principal argumento esgrimido por el Ejecutivo fue que el organismo competente para recalcular el monto del impuesto es ATM y que se trata de un “organismo autárquico” del Gobierno.
“La única legitimada pasivamente para realizar el inviable recálculo que se pretende es la Administración Tributaria Mendoza, ente descentralizado y autárquico, con personería propia”, indicaron; y resaltaron que es “la única competente para recalcular impuestos, siendo ella la única legitimada pasiva para estar en este juicio".
Adviertieron también que la Suprema Corte de Justicia de Mendoza ha señalado en otros fallos que no puede demandarse a la Provincia por actos emanados u omisiones de sus entidades descentralizadas
El dictamen
Dictamen MPF by JuanManuelTorrez