Flexibilizan las importaciones de maquinarias y líneas de producción usadas
El Gobierno flexibiliza la importación de maquinaria y lineas de producción usadas. Pagan menos impuestos y los trámites serán más rápidos para las empresas.
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Archivo MDZEl Gobierno nacional flexibilizó el régimen que regula las importaciones de maquinaria y líneas de producción de usados, con el objetivo de facilitar el acceso de las empresas a equipamiento industrial proveniente del exterior y reducir costos.
El Decreto 483/2026 plantea una significativa reducción de la carga tributaria sobre los bienes alcanzados por el régimen. Las líneas de producción usadas abonarán únicamente el 25% del arancel de importación correspondiente y quedarán exentas tanto de la tasa de estadística como de la tasa de comprobación de destino.
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La nueva reglamentación también amplía el alcance de los bienes que podrán acceder a estos beneficios al eliminar la exigencia de que el componente principal de una línea de producción no sea usado y se incorporan nuevas categorías, como instalaciones destinadas a la generación de energía eléctrica y sistemas de almacenamiento inteligente. Además extiende hasta 30 años la antigüedad permitida para equipos reconstruidos o actualizados.
Menos producción nacional
Otro de los cambios relevantes apunta a la integración de producción nacional dentro de los proyectos. El requisito de compra de bienes fabricados en el país se reduce del 30% al 10% del valor comprometido.
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El decreto introduce mecanismos destinados a acelerar los procedimientos. Las auditorías tradicionales serán reemplazadas por un sistema de rendición de cuentas respaldado por profesionales certificados, mientras que se establecen plazos más estrictos para la actuación tanto de las empresas como de los organismos estatales.
También incorpora la denominada Constancia de Expediente en Trámite (CET), una herramienta que permitirá a las compañías importar los bienes antes de obtener la aprobación definitiva de sus proyectos, siempre que constituyan las garantías aduaneras correspondientes. La intención oficial es evitar demoras en la puesta en marcha de inversiones mientras se completa la evaluación administrativa.
La normativa también contempla mecanismos para evitar la paralización de expedientes. Si la autoridad de aplicación no se pronuncia dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la rendición de cuentas, se considerará finalizada la instancia administrativa y podrán liberarse automáticamente las garantías constituidas.
Sin embargo, junto con las flexibilizaciones, el Gobierno endureció el régimen sancionatorio. La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa podrá ejecutar total o parcialmente las garantías cuando los beneficiarios incumplan requerimientos oficiales, omitan presentar la documentación exigida o utilicen de manera indebida la CET.
A ello se suman multas económicas equivalentes al 20% de los tributos que hubieran dejado de abonarse, más los intereses correspondientes y un recargo punitorio del 2% mensual.
Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia el 24 de junio y alcanzarán también a los expedientes que aún tengan pendiente la liberación o ejecución de garantías, con el propósito de unificar las reglas aplicables a los trámites actualmente en curso.