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ARCA digitalizó la notificación del domicilio fiscal y simplificó el trámite

ARCA confirmó la digitalización del domicilio fiscal. Para qué trámites es requerido y cómo hacerlo.


La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva modalidad de gestión que permitirá a los contribuyentes realizar totalmente en formato digital la denuncia y notificación del cambio de domicilio fiscal, una obligación clave para estar al día con las obligaciones tributarias.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5809/2026 y entrará en vigencia el 2 de marzo de 2026.

La iniciativa busca simplificar y desburocratizar el trámite, alineándose con la tendencia hacia la digitalización de los trámites estatales y reduciendo la carga administrativa que enfrentan los contribuyentes. Según los considerandos de la resolución, se pretende que la modificación del domicilio fiscal deje de ser un trámite pesado y lento para transformarse en una gestión más rápida y accesible desde internet.

¿Qué cambia con la digitalización de ARCA?

A partir de la entrada en vigencia de la nueva normativa, el trámite de modificación del domicilio fiscal se realizará 100 % online a través del servicio web “Sistema Registral”, dentro del menú “Registro Único Tributario”. El contribuyente deberá contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3 o superior y completar el Formulario electrónico 420/D.

Si el nuevo domicilio ya fue previamente verificado por ARCA, el sistema lo confirmará automáticamente. En cambio, si la dirección no figura en la base de datos, será necesario introducir los datos manualmente y adjuntar un comprobante respaldatorio digital, como una factura de servicios. En ese escenario, la agencia tendrá siete días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud.

Si olvidaste tu clave fiscal de la Agencia de Recaudación y Control de Aduanas (ARCA), podés recuperarla rápidamente a través de un cajero automático LINK Foto: MDZ

ARCA.

La medida incluye además la posibilidad de que ARCA constituyan un domicilio de oficio cuando el denunciado sea inexistente, esté abandonado o sea desconocido, o declare un domicilio fiscal alternativo basado en datos obtenidos en inspecciones.

¿Quiénes deben realizar el trámite?

La normativa distingue entre distintos sujetos:

  • Personas humanas: se considera domicilio fiscal el lugar donde efectivamente desarrollan su actividad. En el caso de empleados bajo relación de dependencia o sin local fijo, se toma el domicilio real.

  • Personas jurídicas: se considera domicilio fiscal el lugar donde operan las máximas funciones de administración o gerencia. Si existen múltiples unidades de explotación, se toma como referencia la sede principal.

  • Grandes contribuyentes y auxiliares de comercio y servicios aduaneros: también deberán cumplir con la constitución de domicilio dentro de la jurisdicción correspondiente.

La modificación del domicilio fiscal es un dato esencial para que ARCA pueda notificar a los contribuyentes sobre sus obligaciones tributarias y legales. Con la digitalización, el organismo busca mejorar la eficiencia del sistema y reducir la posibilidad de errores, confusiones o demoras asociadas al envío postal tradicional.

Expertos y sectores vinculados al cumplimiento fiscal destacan que este tipo de medidas moderniza la interacción entre la administración pública y los contribuyentes, facilitando el cumplimiento de las normas.