ARCA: cuánto se puede invertir en plazo fijo en abril sin tener problemas
ARCA actualizó los montos máximos para invertir en plazo fijo y operar en billeteras sin ser reportado. Consultá los nuevos límites vigentes.
El plazo fijo también entra en la lupa de ARCA. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ
En un contexto donde muchas personas utilizan el plazo fijo como método de ahorro es importante conocer cuáles son los topes vigentes que mantiene la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualmente. Estos determinan el límite a partir del cual las entidades financieras y las billeteras virtuales están obligadas a reportar los movimientos de sus clientes al fisco.
Inversiones y plazos fijos: ¿cuál es el límite?
Para quienes buscan resguardar sus ahorros en el sistema bancario, los topes varían significativamente según el perfil del contribuyente:
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Personas físicas: el límite para colocaciones en plazo fijo se sitúa en los $100.000.000. Superada esa cifra, el banco debe informar la operación de manera obligatoria.
Personas jurídicas (Empresas): el umbral es mucho más bajo, permitiendo inversiones de hasta $30.000.000 sin que se disparen las alertas automáticas de reporte.
Otros topes clave para Personas Físicas
ARCA mantiene un monitoreo constante sobre el flujo mensual de dinero en las cuentas bancarias. Actualmente, el organismo ha fijado en $50.000.000 el umbral para las transferencias y acreditaciones mensuales, así como para los saldos acumulados al cierre de cada mes. Si un usuario finaliza el período con un monto superior en su cuenta, la entidad financiera tiene la obligación de reportar la situación de manera automática.
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Las billeteras virtuales, que anteriormente tenían topes más bajos, ahora operan bajo el mismo límite de $50.000.000 para las acreditaciones mensuales. . De esta forma, el fisco busca igualar las condiciones de fiscalización entre la banca tradicional y las plataformas de pago electrónicas.
Por otro lado, para las extracciones en efectivo el límite es $10.000.000 mensuales. En la misma línea, las compras realizadas como consumidor final que excedan ese mismo monto quedan debidamente registradas en la base de datos del organismo recaudador.


