ARCA actualizó las escalas: cuánto puede facturar por mes un monotributista según su categoría
ARCA estableció nuevos topes de facturación para las categorías del monotributo, permitiendo a los inscriptos conocer sus límites mensuales.
ARCA actualizó las escalas del monotributo para agosto de 2026 con nuevos topes de facturación y valores de las cuotas. Foto: Archivo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó las nuevas escalas de categorías del monotributo que regirán desde agosto de 2026. La actualización contempla un incremento del 16,8 por ciento tanto en los topes de facturación como en las cuotas mensuales. Con estos nuevos valores, los contribuyentes ya pueden calcular cuánto pueden facturar por mes de acuerdo con la categoría en la que se encuentren inscriptos.
El régimen simplificado toma como referencia los ingresos brutos acumulados durante los últimos 12 meses para determinar la categoría de cada monotributista. Además, ARCA ofrece en su sitio web un Monitor de Facturación, una herramienta que permite controlar el nivel de ingresos y evitar superar el límite correspondiente.
Cuánto puede facturar por mes cada categoría
Si bien los topes del monotributo se calculan sobre la facturación anual, estos son los montos mensuales orientativos que puede facturar cada categoría para mantenerse dentro de los límites del régimen:
- Categoría A: hasta $1.000.784,20 por mes.
- Categoría B: hasta $1.466.265,23 por mes.
- Categoría C: hasta $2.055.874,53 por mes.
- Categoría D: hasta $2.552.387,62 por mes.
- Categoría E: hasta $3.002.352,61 por mes.
- Categoría F: hasta $3.762.638,28 por mes.
- Categoría G: hasta $4.499.649,91 por mes.
- Categoría H: hasta $6.827.055,03 por mes.
- Categoría I: hasta $7.641.646,83 por mes.
- Categoría J: hasta $8.751.043,27 por mes.
- Categoría K: hasta $10.550.903,23 por mes.
Qué pasa si se supera el límite de facturación
Si un monotributista supera el tope de facturación acumulada correspondiente a su categoría durante los últimos 12 meses, deberá recategorizarse en los períodos habilitados por ARCA. En esta oportunidad, el organismo permite realizar el trámite hasta el 5 de agosto. Si, en cambio, excede el límite máximo previsto para permanecer en el régimen simplificado, podrá ser excluido del monotributo e incorporado al Régimen General.
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Por ese motivo, ARCA recomienda controlar periódicamente la facturación acumulada y verificar que los ingresos de los últimos 12 meses se mantengan dentro de los límites vigentes. Llevar este seguimiento permite evitar inconvenientes al momento de la recategorización, prevenir una exclusión del régimen y cumplir correctamente con las obligaciones fiscales.