El DNU de Javier Milei es inconstitucional y recuerda a la Argentina anterior a 1912
El mega Decreto de Necesidad y Urgencia de Javier Milei no tiene antecedentes en un régimen democrático: que un presidente elimine de un plumazo cien años de leyes, tratados internacionales e incluso normas constitucionales, va contra toda noción de institucionalidad y Estado de Derecho.
En términos normativos no es en realidad un decreto sino una nueva Constitución Nacional: el propio Javier Milei sostiene su carácter constituyente cuando lo anuncia por cadena nacional: “Argentinos, hoy es un día histórico para nuestro país. Después de décadas de fracasos, empobrecimiento, decadencia y anomia, hoy comenzamos formalmente el camino de la reconstrucción.”
Una sola persona elegida para “ejecutar” las leyes, deroga todo el andamiaje jurídico e institucional construido durante más de un siglo por varias generaciones y decide en un solo día crear todo un régimen nuevo “a imagen y semejanza” de él mismo. Todo esto en medio de una realidad mundial en la que poderes enormes están disputándose el planeta y en especial los territorios mas ricos.
El mega decreto de Javier Milei debería ser declarado inconstitucional ipso facto. Es un acto de “usurpación de funciones”, en los términos del artículo 36 de la Constitución Nacional, sancionado para defender la democracia. Es absurdo pensar que un presidente pueda tener facultades para cambiar todas las leyes que quiera. ¿Entonces, cada cuatro años podría venir otro presidente y sancionar a su vez otro mega decreto derogando éste y todas las leyes que se le antojara? Solo en un régimen totalitario un “presidente” puede atribuirse esas facultades para cambiar todo.
La institucionalidad democrática, republicana y federal está diseñada precisamente para que los cambios de fondo no puedan ser decididos por una sola persona, ni en un solo momento histórico, sino que requieren múltiples consensos y mayorías, entre los diversos poderes nacionales y provinciales, a lo largo de varios gobiernos.
El mega decreto de Javier Milei tiene 366 artículos y modifica más de 300 leyes. La idea fuerza que lo orienta es la eliminación de todas las normas de orden público que protegen a las personas y a las asociaciones privadas, incluidas las empresas, de los abusos a que pueden verse expuestas en la economía y el mundo del trabajo, sea por parte de poderes internos como externos. Semejante principio contradice la Constitución y los tratados internacionales, que tienen jerarquía superior a las leyes.
Complementariamente, el decreto restringe al máximo las posibilidades de financiamiento de los sindicatos y elimina virtualmente el derecho de huelga, reduciendo a un mínimo la libertad sindical. De prosperar el Mega Decreto de Javier Milei, Argentina efectivamente regresará al orden jurídico predemocrático, anterior a 1912, cuando no había voto secreto, aún no existía la clase media, y solo mil familias de la aristocracia ganadera y las empresas del Imperio Británico que dominaba el mundo eran las únicas beneficiarias de la riqueza nacional.
Resta por ver si la población avalará este nuevo y a la vez viejo orden jurídico establecido por decreto.
* Alberto “Pepe” Robles, abogado laboralista. Titular de la cátedra de Sindicalismo (UBA Sociales)
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