El trámite en AFIP para que quienes compraron dólares recuperen miles de pesos
AFIP habilitó el trámite para pedir la devolución del 35 por ciento que se retenía cuando se compraban dólares. Este monto era un adelanto de Ganancias, y quienes lo pagaron ahora pueden reclamar el reintegro.
El trámite incluye las retenciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2021 a quienes adquirían dólar para ahorro, compraban en dólares con tarjetas de crédito o pagaban en pesos compras en moneda extranjera. También incluía la adquisición de servicios en el exterior y pasajes fuera del país.
Pueden pedir la devolución de la percepción por Ganancias quienes no estén inscriptos en este impuesto y no deban inscribirse. Lo mismo sucede con los alcanzados por el impuesto a bienes personales.
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Para pedir el reintegro es necesario poseer CUIT, clave fiscal del nivel 2 al menos, un CBU para que se realice el depósito, y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
El trámite se realiza por percepción mensual. Es decir que hay que llenar un formulario por cada mes en el que hubo retenciones. Si alguien compró dólares para atesoramiento de enero a diciembre, deberá realizar el trámite 12 veces. Las percepciones que ya estén registradas se cargarán automáticamente. Las que no lo estén, deben ser cargadas de manera manual, y revisadas por un agente de percepción.
No hay plazo para la devolución del 35 por ciento retenido. La ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 indica que en este caso el plazo se transforma automáticamente en 60 días hábiles administrativos. Durante el 2020 la AFIP se demoró cerca de 8 meses para realizar las devoluciones.