AFIP: las nuevas medidas de “alivio fiscal” para los monotributistas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resumió a través de un comunicado oficial las principales medidas que adoptó para que los monotributistas puedan gozar de un “alivio fiscal”.
“Ponemos en marcha los beneficios para más de 4 millones de monotributistas previstos en la ley de alivio fiscal. Estas herramientas potencian las distintas medidas implementadas por el Gobierno para apuntalar la recuperación económica a través de la mejora de los ingresos de las trabajadoras y los trabajadores”, expresó Mercedes Marcó del Pont, titular de la entidad recaudadora.
Actualización de escalas
En primer lugar, se oficializaron las nuevas categorías del monotributo. La ley contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta un 77%, teniendo un aumento más significativo las categorías más bajas. De esta forma, al momento de realizar la recategorización que estará disponible del 28 de julio al 17 de agosto, muchos contribuyentes “podrán facturar más y/o pagar una cuota mejor”.
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Para conocer las nuevas categorías hay que visitar la web oficial.
Moratoria para monotributistas
Además, la AFIP indicó que la nueva normativa habilita una moratoria para que los contribuyentes del régimen simplificado regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021, inclusive. El plan de facilidades contempla la eliminación de intereses y multas y permite que los monotributistas puedan regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima del 1,5%. Este servicio estará disponible a partir del 6 de agosto.
Cancelación de impuestos retroactivos
Por otra parte, para garantizar que ningún monotributista experimente aumentos en sus cuotas durante el primer semestre del año, la reglamentación retrotrae los valores de las obligaciones de enero a junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020.
De esta forma, los pequeños contribuyentes dejarán de visualizar las diferencias generadas del período enero-junio en el portal web Monotributo o en la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA). Quienes tengan saldo a favor podrán reimputar esos montos para efectuar nuevos pagos.
Permanencia en el régimen
Por último, la AFIP sostuvo que la nueva ley de “alivio fiscal” facilita la permanencia en el monotributo para quienes fueron excluidos por diversos motivos.
Así, podrán permanecer en el monotributo quienes hayan estado inscriptos al 30 de junio en el régimen simplificado y que en algún período anterior hubieran excedido los valores máximos de facturación.
También incluye a contribuyentes que entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021 fueron excluidos y registrados en el régimen general. Asimismo, para quienes superaron los límites de su categoría y pasaron a autónomos entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de junio de 2021, podrán optar por volver al monotributo.
Para permanecer en el régimen simplificado deberán ingresar una “cuota adicional” que variará según la categoría en la que se encuentran registrados y cumplir un conjunto de condiciones.
Si se encuentran en las categorías E, F y G deberán pagar 1 cuota mensual de su categoría y si están en H, I, J y K tienen que abonar 2 cuotas. Los A, B, C y D que se encuentren en esa situación irregular conservarán su condición de monotributistas sin pagar cuota especial.
Los contribuyentes no deben haber superado el límite de ingresos brutos permitidos en 1,5 cantidad de veces la categoría máxima prevista por la nueva ley y no deben poseer bienes por más de $6,5 millones en 2020.