Nuevo DNI electrónico: quiénes deben renovarlo antes de las elecciones de 2027
El DNI electrónico comenzó a emitirse en 2026, pero su recambio no es obligatorio. Qué exige el Renaper y qué documento físico se necesitará para votar en 2027.
La llegada del DNI electrónico no invalida las tarjetas actuales, aunque algunas personas deberán renovarlas por edad, vencimiento o cambios en sus datos.
RenaperLa aparición del nuevo DNI electrónico abrió una duda entre quienes ya piensan en las elecciones nacionales de 2027: ¿será necesario reemplazar la tarjeta actual para poder votar? La respuesta oficial es no. El cambio de tecnología no obliga a realizar un recambio general ni deja automáticamente fuera de vigencia los documentos emitidos anteriormente.
El nuevo modelo fue aprobado mediante la Disposición 55/2026 del Registro Nacional de las Personas y comenzó a incorporarse durante 2026. Está fabricado en policarbonato, incluye un chip sin contacto y suma información biométrica encriptada, además de nuevas medidas contra falsificaciones. Sin embargo, el Renaper aclaró oficialmente que la actualización es voluntaria y que los DNI actuales continúan siendo válidos. Por lo tanto, tener una tarjeta sin chip no será, por sí solo, un impedimento para participar de los próximos comicios.
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Quiénes sí necesitan tramitar un nuevo DNI
Aunque no existe una obligación de pasarse al formato electrónico, hay situaciones en las que corresponde renovar o actualizar el documento. Deben iniciar el trámite quienes tengan un DNI vencido, deteriorado, perdido o robado, así como las personas que necesiten modificar su domicilio o rectificar algún dato personal.
También siguen vigentes las actualizaciones obligatorias por edad: la primera se realiza entre los 5 y los 8 años, mientras que la segunda corresponde a partir de los 14. Esta última resulta especialmente importante porque permite actualizar los datos biométricos y facilita la incorporación del adolescente al padrón electoral, según las preguntas frecuentes oficiales sobre el DNI.
La regla electoral que puede impedir votar
Para las elecciones, el punto central no es que el documento tenga chip, sino el ejemplar que se presenta ante la autoridad de mesa. La Cámara Nacional Electoral establece que el DNI debe ser igual o posterior al registrado en el padrón. Esto significa que una persona que tramitó un ejemplar nuevo no podrá votar si lleva una versión anterior, aunque todavía la conserve y se encuentre en buen estado. En cambio, sí puede presentarse con un ejemplar posterior al consignado en el registro electoral.
Entre los documentos habilitados se encuentran la libreta de enrolamiento, la libreta cívica, el DNI libreta verde, el DNI libreta celeste, la tarjeta asociada a esa libreta —incluso si contiene la leyenda “No válido para votar”— y el DNI tarjeta. A esa lista se sumará el nuevo documento electrónico. Lo que no puede utilizarse para emitir el sufragio es el DNI digital exhibido desde el teléfono: la versión disponible en Mi Argentina sirve para acreditar identidad en distintas situaciones, pero no reemplaza al documento físico en la mesa electoral.
Qué conviene revisar antes de 2027
Quienes tengan su documentación en condiciones no necesitan adelantar un trámite únicamente por la llegada del DNI electrónico. Sí conviene controlar cuál es el último ejemplar emitido, revisar el vencimiento impreso en la tarjeta y conservar el documento físico más reciente. El Renaper permite consultar cuál es el DNI vigente a través de sus canales oficiales.
Además, cuando se publique el padrón provisorio correspondiente a 2027, será importante verificar los datos personales, el domicilio electoral y la correcta incorporación de quienes hayan realizado la actualización de los 14 años. Todavía no se difundió el calendario definitivo de esos comicios, por lo que cualquier fecha concreta deberá confirmarse más adelante con la Justicia Nacional Electoral.