La foto de los deudores alimentarios en Mendoza: la exponencial cantidad y las características
Los datos oficiales sobre los deudores alimentarios son públicos. MDZ analizó el registro de la provincia de Mendoza. Los impedimentos por figurar.
Los deudores alimentarios en Mendoza. Foto: ALF PONCE / MDZ
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.) de Mendoza contiene actualmente 2.191 anotaciones correspondientes a 2.035 personas. La diferencia entre ambos números se explica porque algunas personas aparecen vinculadas a más de un expediente. Casi 3 de cada 10 lleva más de una década en el registro.
Un deudor alimentario moroso es una persona que no cumple con el pago de la cuota o pensión alimenticia fijada por un juez o acordada legalmente. MDZ observó no sólo cuántas personas mantienen deudas alimentarias registradas, sino también cuánto tiempo llevan en esa situación, quiénes impulsaron las ejecuciones y cómo se distribuyen territorialmente los casos.
Uno de los datos más contundentes aparece al mirar el género de las personas anotadas. De las 2.190 personas cuyos nombres pudieron clasificarse, 2.139 son varones y 51 son mujeres. Es decir, aproximadamente el 97,7% son hombres y el 2,3% mujeres.
La fotografía cambia cuando se observa quién inició la ejecución. De las 2.132 anotaciones que cuentan con carátula identificable, 1.938 fueron impulsadas por mujeres, alrededor del 91% del total.
La lectura conjunta de ambas columnas muestra una fuerte asimetría: en el padrón predominan ampliamente los hombres como deudores y las mujeres como quienes aparecen impulsando los procesos de ejecución.
Las mujeres deudoras aumentaron, aunque siguen siendo una minoría
Hay otro dato que merece atención. La participación de mujeres entre las nuevas altas del registro pasó del 0,9% durante el período 2015-2019 al 5,7% en 2025-2026. El crecimiento es significativo en términos relativos, aunque los números absolutos siguen siendo pequeños: en el período más reciente se contabilizan 26 casos.
Por tratarse de una variación que parte de una base muy baja, el dato debe ser tomado como una señal para profundizar y no como evidencia suficiente de una tendencia estructural.
Casi tres de cada diez llevan más de una década
La antigüedad de las anotaciones permite dimensionar otro aspecto del problema: cuánto tiempo permanece sin resolverse una deuda alimentaria. Una persona puede salir del Re.D.A.M. cuando cancela la deuda o acuerda un plan de pago, por lo que la permanencia en el padrón funciona como un indicador del tiempo que lleva abierta la situación registrada.
El dato es significativo: el 61,6% de las personas anotadas lleva cinco años o más en el registro. Además, 603 personas —casi tres de cada diez— superan los diez años de permanencia.
La anotación más antigua que continúa vigente corresponde al 25 de abril de 2000, lo que supone más de 26 años desde su incorporación al registro. La antigüedad muestra así que el problema no se limita a incorporaciones recientes: una parte importante del padrón está compuesta por situaciones que llevan varios años sin resolverse.
El Valle de Uco triplica al Gran Mendoza en la tasa por habitante
La distribución territorial también presenta diferencias marcadas. Al asignar cada anotación a la sede del tribunal que ordenó la inscripción y compararla con la población departamental del Censo 2022, la Cuarta Circunscripción Judicial, correspondiente al Valle de Uco, registra 222 anotaciones cada 100.000 habitantes.
La tasa es 2,7 veces superior a la de la Primera Circunscripción, que concentra al Gran Mendoza. Dentro de ese mapa, San Carlos, General Alvear y Tunuyán aparecen con tasas superiores a las 245 anotaciones cada 100.000 habitantes, mientras que Luján de Cuyo y Maipú se ubican en el extremo inferior.
La comparación debe leerse como una tasa de anotaciones en relación con la población y no necesariamente como una medición directa de la cantidad real de incumplimientos alimentarios. El registro depende de que exista una orden judicial y de que se produzca la inscripción correspondiente.
La Segunda Circunscripción concentra las situaciones más antiguas. Las diferencias territoriales no se limitan a la cantidad de anotaciones. La Segunda Circunscripción Judicial presenta la mayor permanencia del padrón: la mitad de sus anotaciones tiene una antigüedad superior a 9,1 años y el 48% supera la década. En el otro extremo, la Cuarta Circunscripción tiene el padrón más reciente, con una antigüedad mediana de 2,3 años.
La diferencia puede tener múltiples explicaciones. Entre ellas, distintos niveles de utilización del registro, antigüedad de los expedientes, dinámica de los tribunales o variaciones en la forma en que se tramitan y actualizan las anotaciones. Por sí sola, la antigüedad no permite determinar por qué existen esas diferencias entre circunscripciones.
El grueso del padrón corresponde a una franja etaria de 30 a 44 años
El análisis también permite aproximarse a la edad de las personas registradas, aunque con una salvedad importante. A partir del rango de numeración de los DNI se estima que 1.244 registros, equivalentes al 57%, corresponden a personas de entre 30 y 44 años.
Se trata de una estimación y no de un dato de edad informado individualmente por el registro, por lo que sirve para observar la composición general del padrón, pero no permite afirmar con precisión la edad de cada persona.
La cantidad de personas que tiene más de una anotación
Otro dato que surge del padrón es la existencia de personas que aparecen vinculadas a más de un expediente. En total, 127 personas tienen más de una anotación: 104 aparecen en dos expedientes, 19 en tres, tres en cuatro y una persona registra seis anotaciones diferentes.
Esto explica por qué el número de anotaciones —2.191— es superior al de personas —2.035—.
También existe una diferencia entre el momento en que se inicia un expediente y su incorporación al registro. Entre ambas fechas transcurre una mediana de un año, aunque existen casos en los que la inscripción demoró más de una década.
Un padrón que permite medir algo más que la cantidad
Los números del Re.D.A.M. muestran un fenómeno que tiene distintas dimensiones. La primera es cuantitativa: 2.035 personas figuran actualmente asociadas a 2.191 anotaciones.
Pero el análisis de la base agrega otras capas: la marcada concentración masculina entre los deudores, la participación mayoritaria de mujeres en las ejecuciones, la existencia de cientos de situaciones que llevan más de diez años abiertas y las fuertes diferencias territoriales en la tasa de anotaciones.
El padrón, por sí solo, no permite explicar las causas de esas diferencias ni medir todos los incumplimientos de cuotas alimentarias que existen en Mendoza. Sí permite, en cambio, observar qué situaciones llegaron a convertirse en una inscripción formal y cuánto tiempo permanecen allí.
Qué pasa cuando una persona entra al Re.D.A.M.
Estar incluido en el registro tiene consecuencias concretas. La Ley 6.879 establece que los organismos públicos provinciales no pueden otorgar a las personas incluidas determinadas habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, ni designarlas como funcionarios jerárquicos de la administración pública provincial y de otros organismos estatales alcanzados por la norma.
También existen restricciones vinculadas con la actividad económica frente al Estado. El Gobierno de Mendoza señala que quienes figuran como morosos pueden quedar impedidos de ser proveedores del Estado y de acceder a determinados préstamos, líneas de crédito o subsidios.
La normativa contempla, además, una excepción para quienes necesitan una licencia de conducir específicamente para trabajar: en ese caso puede otorgarse por única vez una licencia provisoria con una vigencia de 60 días.
La ley también establece que los organismos públicos pueden otorgar planes de pago, quitas o financiaciones de deudas tributarias o de servicios a personas incluidas en el registro, incorporando los montos adeudados por alimentos para que sean retenidos proporcionalmente dentro del plan.
Los deudores alimentarios morosos ya no podrán ingresar a partidos de fútbol ni a eventos deportivos masivos en todo el país. La medida fue oficializada por el Gobierno nacional a través de una ampliación del programa Tribuna Segura y alcanza a las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. La decisión quedó establecida mediante la Resolución 429/2026 del Ministerio de Seguridad y busca reforzar el cumplimiento de la cuota alimentaria mediante restricciones de acceso a espectáculos deportivos.
También alcanza a quienes buscan ocupar cargos públicos
La inscripción en el Re.D.A.M. también puede convertirse en un impedimento para acceder a determinados cargos. Por ejemplo, el Poder Judicial de Mendoza establece que quienes se encuentran incluidos en la Base de Datos del Registro de Deudores Alimentarios no pueden participar de determinados procesos de selección vinculados al ingreso a la Justicia mientras persista esa situación.
La propia Ley 6.879 dispone que el Consejo de la Magistratura debe requerir el certificado correspondiente respecto de quienes se postulen para desempeñarse como magistrados o funcionarios judiciales. Si se comprueba la existencia de deuda alimentaria, el postulante no puede participar del concurso o ser designado hasta que exista una comunicación judicial que acredite la cancelación de la deuda.
Un registro público y de consulta gratuita
La publicación del listado tiene además una finalidad de publicidad: una acordada de la Suprema Corte de Justicia estableció que la nómina actualizada de deudores puede consultarse en formato PDF y ser publicada en medios de comunicación.
La legislación también contempla que el Gobierno invite a empresas e instituciones privadas de Mendoza a consultar el registro. Es decir, aunque las restricciones expresamente previstas recaen principalmente sobre organismos públicos, la información puede ser conocida y consultada por particulares.
La deuda puede generar otras medidas judiciales
La incorporación al Re.D.A.M. no es la única consecuencia posible del incumplimiento de la cuota alimentaria.
El propio Poder Judicial de Mendoza señala que ante el incumplimiento pueden adoptarse medidas como el embargo de sueldo, la incorporación al registro, la prohibición de salir del país y, en determinadas circunstancias, puede existir un proceso penal.
En expedientes recientes de la Justicia mendocina también se advierte que el incumplimiento puede derivar en un proceso ejecutivo, la inscripción en el Re.D.A.M., otras medidas para asegurar el cumplimiento y la aplicación de intereses sobre las cuotas adeudadas.


