Los deudores de cuota alimentaria no podrán entrar a la cancha: cómo funcionará la nueva restricción
El Gobierno prohibirá el ingreso a estadios a deudores alimentarios morosos registrados, tras ampliar el programa Tribuna Segura.
El Gobierno amplió el programa Tribuna Segura y prohibirá el ingreso a estadios y eventos deportivos a quienes integren el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. La abogada penalista, especialista en derecho de familia, Ana Paula Martorelli explicó a MDZ cuáles son las implicancias legales y qué otras medidas pueden aplicarse.
Los deudores alimentarios morosos ya no podrán ingresar a partidos de fútbol ni a eventos deportivos masivos en todo el país. La medida fue oficializada por el Gobierno nacional a través de una ampliación del programa Tribuna Segura y alcanzará a las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. La decisión quedó establecida mediante la Resolución 429/2026 del Ministerio de Seguridad y busca reforzar el cumplimiento de la cuota alimentaria mediante restricciones de acceso a espectáculos deportivos. En algunas jurisdicciones, mecanismos similares ya estaban vigentes, pero ahora la medida tendrá alcance nacional.
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Qué implica la ampliación de Tribuna Segura
asSegún explicó Martorelli, la medida “se trata de una medida coercitiva de carácter civil y administrativo, no de una sanción penal”. La especialista sostuvo que el objetivo principal es “hacer efectiva la obligación alimentaria (art. 553 del Código Civil y Comercial) y priorizar el interés superior del niño”.
Además, remarcó que la ampliación extiende a nivel nacional restricciones que ya funcionaban en la Ciudad de Buenos Aires y algunas provincias. “Se limita el acceso a espectáculos como incentivo para el cumplimiento de la deuda”, explicó.
Cómo funciona el Registro de Deudores Alimentarios Morosos
La abogada penalista detalló que una persona puede ser incorporada al registro cuando adeuda dos cuotas consecutivas o tres alternadas de alimentos fijados judicialmente.“La inclusión es gratuita y se activa por orden judicial”, precisó. Entre las consecuencias concretas de figurar en el registro aparecen:
- Restricciones para ingresar a estadios y eventos deportivos.
- Dificultades para acceder a créditos.
- Obstáculos para realizar trámites notariales.
- Limitaciones vinculadas a licencias de conducir, subsidios y concursos públicos.
- Publicidad de la situación de morosidad.
“La salida del registro se produce al regularizar la deuda”, aclaró Martorelli.
Qué otras sanciones pueden aplicarse por no pagar la cuota alimentaria
La especialista explicó que actualmente existen distintas herramientas judiciales para exigir el cumplimiento de la cuota alimentaria. Entre ellas mencionó:
- Embargos de sueldos, cuentas bancarias, billeteras virtuales y bienes.
- Inhibición general de bienes.
- Prohibición de salir del país.
- Astreintes o multas diarias.
- Extensión de la obligación alimentaria a abuelos en subsidio.
- Suspensión de licencias de conducir y otras restricciones recreativas.
“La jurisprudencia prioriza la efectividad de las sentencias bajo principios de razonabilidad y proporcionalidad”, explicó.
Qué pasa cuando el deudor trabaja en la informalidad
Martorelli remarcó que los casos vinculados a economía informal son los más frecuentes y representan uno de los principales desafíos para la Justicia.nEn ese contexto, señaló que los jueces suelen fijar la cuota alimentaria tomando como referencia la canasta básica del INDEC o el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Además, explicó que se ordenan investigaciones patrimoniales amplias y se aplican presunciones sobre la verdadera capacidad económica del deudor. “Las medidas no patrimoniales, como el registro o las restricciones a eventos, cobran especial relevancia para generar presión”, sostuvo.
¿Es constitucional impedirle ir a la cancha a un deudor alimentario?
Consultada sobre si estas medidas coercitivas son compatibles con la Constitución, Martorelli sostuvo que sí, siempre que respeten criterios de proporcionalidad. “El artículo 553 del Código Civil y Comercial habilita expresamente medidas razonables”, explicó. Y agregó: “Restringir el ingreso a un estadio es mucho menos gravoso que otras sanciones y ha sido validado por los tribunales cuando es temporal y revisable”.
“El incumplimiento alimentario no puede quedar sin consecuencias”
Para la especialista, la iniciativa tiene un doble objetivo: funcionar como herramienta concreta para incentivar el pago y, al mismo tiempo, enviar una señal política. “Es una herramienta concreta que en la práctica ha logrado regularizaciones de deudas en jurisdicciones donde se aplicó”, sostuvo. Sin embargo, también advirtió que “el riesgo es que quede en un gesto simbólico si no se acompaña de mayor agilidad judicial y mejores mecanismos de detección de ingresos informales”.
Finalmente, concluyó: “El Estado busca dejar en claro que el incumplimiento alimentario no puede quedar sin consecuencias. Esta medida refuerza la protección de los derechos de niños y adolescentes ante una problemática estructural en Argentina”.

