Paro general: empresas de transporte convocan a los choferes y la UTA se resiste
Luego de que Dota convocara a choferes, varias empresas siguieron sus pasos y emitieron comunicados en la misma línea dirigidos a sus empleados señalando que, de no asistir a su lugar de trabajo, caerán sanciones y se abrirán sumarios. Desde la Unión Tranviario Automotor (UTA) remarcaron que, aunque se amparen en el DNU 70/2023, el derecho a huelga es constitucional y que no cuenta con validez, aunque todavía esté vigente la norma del Poder Ejecutivo.
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La empresa de transporte público que controla más de 50 líneas del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Dota, emitió este martes un comunicado donde informaba a los trabajadores de transporte que debían acudir a su lugar de trabajo durante el paro general. El comunicado iba en línea con lo decretado por el Gobierno nacional en el DNU 70/2023. Esta norma con carácter de ley, al menos hasta que se expidan ambas cámaras de Congreso, dicta en su artículo 97 que el transporte es un servicio esencial, por lo que desde Dota informaron: "La actividad del servicio público de transporte terrestre se encuentra declarada por parte del Estado nacional como actividad de 'importancia trascendental', encontrándonos obligados a cumplir con un 50% de los servicios".
En respuesta, la UTA emitió un comunicado informando que se plegaba al paro general, ya que es integrante de la Confederación General del Trabajo (CGT), remarcando que su adhesión se fomenta "en consecuencia de las medidas del Gobierno nacional en contra del pueblo trabajador y abiertamente orientadas a vulnerar los derechos individuales básicos". A pesar de ello, no fue solo Dota la que le informó a sus trabajadores que deberán concurrir a su lugar de trabajo, sino que se plegaron varias más.
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Algunas de las líneas que comunicaron esto a sus empleados fueron la 216, que informó: "En virtud de garantizar el cumplimiento de los diagramas de servicios establecidos y no perjudicar al público usuario". La línea 71 también emitió un comunicado con la misma idea, aclarando también que se descontará el día no trabajado y se procederá a abrir un sumario a quienes no se presenten en su lugar de trabajo.
La UTA insiste con el paro general
Desde la UTA, liderada por Roberto Sánchez, emitieron entonces un nuevo comunicado en respuesta a la posición tomada por los empresarios, que se fue replicando. En el nuevo comunicado sostuvieron que los mensajes emitidos a sus trabajadores por parte de las empresas responden a "prácticas desleales y antisindicales". Además indicaron que intiman a los choferes "a que acepten condicionamientos que cercenan sus derechos a la libertad de expresión y huelga, amparándose falsamente en el DNU 70/2023".
En el mismo comunicado, desde la UTA exhortaron a sus filas: "Compañeros, el derecho a huelga es un derecho constitucional contemplado en su artículo 14 bis y ningún decreto de necesidad y urgencia puede limitarlo. Entendamos y acompañemos esta medida contra un gobierno que no quiere aumentos salariales y solo pretende recortar y pasar motosierra a los derechos adquiridos a través de la lucha sindical y social".
Qué dice la Constitución Nacional sobre el paro general
Aunque no tiene una mención especial sobre el paro general en particular, la "carta magna" de la Argentina incluyó en la reforma de 1957 una serie de aspectos del derecho laboral que no estaban contemplados en las versiones anteriores, a excepción de la de 1949 que no era una enmienda sino uno texto que apuntaba a ser completamente renovado. En su artículo 14 bis, la Constitución Nacional declara: "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes".
En su segundo párrafo marca que está "garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga". Es sobre este artículo en el que se amparan desde la UTA frente a las exigencias del sector empresario, mientras que las distintas compañías se respaldan en un decreto que declara el transporte público terrestre es esencial, por lo que debe prestarse un servicio mínimo del 50%.

