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AFIP extiende el vencimiento de Ganancias: nuevo cronograma para autónomos

La AFIP oficializó la prórroga del primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales para los trabajadores autónomos, modificando el cronograma de vencimientos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó una nueva postergación en los vencimientos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Esta medida impacta directamente en los trabajadores autónomos, quienes deberán ajustarse al nuevo calendario para cumplir con sus obligaciones fiscales. La decisión fue oficializada a través de la Resolución General 5584/2024, publicada en el Boletín Oficial hoy.

Según explicó el organismo, la prórroga fue otorgada con carácter de "excepción" y se justifica en motivos relacionados con la administración tributaria. El objetivo principal es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales para los contribuyentes. En este sentido, la nueva fecha límite para el pago del primer anticipo de Ganancias será el 25 de octubre de 2024, otorgando más tiempo para quienes deben abonar esta cuota.

La prórroga otorgada por la AFIP brinda algo de alivio a los trabajadores autónomos, quienes enfrentan múltiples obligaciones fiscales.

El calendario de vencimientos para los anticipos del Impuesto a las Ganancias ha quedado modificado de la siguiente manera: el primer anticipo deberá ser abonado antes del 25 de octubre, mientras que el segundo anticipo presenta un cronograma más segmentado. Las fechas para este último dependerán de la terminación del CUIT del contribuyente, con plazos entre el 13 y el 15 de noviembre, según corresponda.

Cabe destacar que, para este primer anticipo, la AFIP aclaró que no estarán habilitadas algunas modalidades de pago, como el débito automático o el pago telefónico mediante tarjeta de crédito. Tampoco se podrá utilizar la opción de débito a través de cajeros automáticos, por lo que los contribuyentes deberán optar por otras alternativas disponibles.

Es importante recordar que el anticipo del Impuesto a las Ganancias para autónomos se calcula en función de la liquidación previa del impuesto. Este monto se divide en cinco cuotas mensuales equivalentes al 20% del total, y al finalizar el período fiscal, se ajusta según el monto final determinado para el año en curso. Así, los contribuyentes tienen un panorama claro de cómo y cuándo deberán efectuar estos pagos.

La decisión fue oficializada a través de la Resolución General 5584/2024, publicada en el Boletín Oficial hoy.

La prórroga otorgada por la AFIP brinda algo de alivio a los trabajadores autónomos, quienes enfrentan múltiples obligaciones fiscales. No obstante, resulta clave que estén atentos a las nuevas fechas y a las modalidades de pago vigentes para evitar inconvenientes futuros.