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¿Cuál es el límite del secreto profesional?

Martín Ríos, el abogado que recibió la corona vendimial por parte de "alguien" que no sería parte de la banda que protagonizó el robo de Vendemmia, se escudó en el secreto profesional para no dar detalles. ¿Está bien o es ilegal?

Martín Ríos, el abogado que recibió de manos de "un hombre" la corona vendimial, aseguró que este no pertenece a la banda que protagonizó el robo de Vendemmia. Agregó que no habría pagado por recuperar la joya y que, simplemente, la buscó y la devolvió.

En diálogo con MDZ Radio, Ríos comentó que no sólo tiene el derecho de no dar a conocer el nombre de la persona que le entregó la joya vendimial sino que tiene la obligación de salvaguardar el secreto profesional que impone la ley.

Negó, en esa línea, sentir conflictos con su conciencia a la hora de tener que preservar la identidad de personas que, evidentemente, están cerca del delito.

"La persona que ha cometido un hecho delictivo está amparada por una garantía constitucional que tiene que ver con que no puede declarar contra sí misma; nosotros, como abogados, no podemos violar esa garantía", explicó el abogado en comunicación con el programa radial Te digo lo que pienso.

Dio pocas precisiones de la persona que le entregó, directamente, la corona vendimial e indicó que, seguramente, quien la robó se dio cuenta el importante valor que tenía este bien patrimonial para la provincia.

 "Es un hombre el que me entregó la corona. Integrante de la banda seguro que no era", afirmó Ríos en conversación con MDZ Radio.

Añadió que este hombre no habría pagado por la corona y estimó que se trata de gente de "afuera" de la provincia.

"Mi impresión es que quería devolverla, no sé porqué ni bajo qué circunstancias; aunque para mí es porque era muy caro para la provincia", dijo Ríos.

Consultado acerca de los alcances del secreto profesional, el abogado Alejandro Sánchez Kalbermatten dijo a MDZ On Line que "entre profesional y cliente existe el llamado secreto profesional que impide que el profesional revele detalles de su relación con el cliente, más aun si esta revelación podría comprometer a su cliente desde el punto de vista criminal".

A su vez agregó: "Ampararse en el secreto profesional es una idea brillante en un caso como el de la corona, pero ello no obsta a que se investigue al letrado, ya que podría ocurrir que sea el abogado -por sí o interpósita persona- quien haya hecho el robo y luego urdido el plan para lograr la impunidad de tal conducta o la de sus cómplices. Además el abogado amparado en el secreto profesional no podría ser imputado de encubrimiento, precisamente porque el deber de secreto y confidencialidad lo legitimaría, siendo del caso agregar que los Códigos de Ética de los distintos Colegios de abogados de las distintas jurisdicciones prevén fuertes sanciones para los abogados matriculados que no acatan su letra".

Y finalizó: "En síntesis, puede investigarse al autor y también al abogado. Pero este último tiene posibilidad de ampararse eficazmente en el secreto profesional sin que pueda ser válidamente imputado por encubrimiento".

Escuchá aquí la entrevista completa a Ríos:

Fuente: MDZ Radio FM 105.5 Te digo lo que pienso de 7 a 9.30.