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Tras una fianza de $1.500 quedó en libertad la mujer que abandonó a su beba
Patricia Pía Corvalán (20) dejó a su hija en la vereda de su casa del barrio Alto Mendoza, de Capital, a los pocos minutos de haber nacido. La beba se salvó de milagro, mientras que su madre fue internada, en calidad de detenida, en el Lagomaggiore. Allí corroboraron que había estado embarazada, ya que ella lo negaba. La Justicia la imputó por el delito de abandono de persona agravado por el vínculo.
La joven acusada de abandonar a su beba recién nacida quedó en libertad luego de que la Justicia le fijara una fianza de $1.500. Este sábado le sacaron la custodia policial que la vigilaba mientras estuvo internada en calidad de detenida en el Lagomaggiore. Por precaución aún se encuentra en el centro asistencial pero ya sin vigilancia.
Patricia Pía Corvalán (20) está acusada de abandono de persona agravado por el vínculo. El delito de por sí es excarcelable debido a que la recién nacida no sufrió daño. En ese sentido, se encuentra en buen estado de salud internada en el Hospital Notti y será la Justicia de Familia el fuero que decida quién tendrá la guarda de la menor, porque su madre y abuela están imputadas en la causa.
La joven madre tuvo a la niña en su domicilio del barrio Alto Mendoza, en Capita. Pero, al parecer, se quiso deshacer de la pequeña, dejándola en la puerta de la vivienda, llena de sangre y con el cordón umbilical unido aún a su ombligo.
Fue una vecina quien la encontró; llamó a la Policía y dio aviso sobre el hallazgo. De inmediato fue trasladada al centro de salud del barrio La Favorita y luego al Notti.
Los policías junto al personal judicial de la Oficina Fiscal Nº 2 comenzaron a consultar a los vecinos del barrio Alto Mendoza sobre quién hasta hace unos días estaba embarazada. Nadie ofreció una respuesta precisa. Sin embargo, aunque en la casa 26 de la manzana C recibieron la contestación, cuando una joven que vive en esa vivienda se dio vuelta, los investigadores observaron que tenía sangre en la espalda.
Patricia Pía fue arrestada primero, internada después y examinada para corroborar que había tenido un parto domiciliario. Sucede que tanto ella como la abuela de la beba aseguraban que no había estado embarazada, que sólo sufrió una pérdida.
Por ello se le realizaron los análisis correspondientes; el resultado arrojó 9.000 unidades sub beta en sangre, lo cual significa que había estado embarazada en las últimas 24 horas.
Esos estudios fueron fundamentales en la investigación. La Justicia los necesitaba para imputarle el delito de abandono de persona agravado por el vínculo. La fiscal Virginia Rumbo la acusó y también a la madre de la joven, por abandono de persona.
Ambos delitos son excarcelables. Ante esta situación, la magistrada se ajustó a Derecho y le otorgó la libertad bajo una fianza efectiva de $1.500, suma que no se deposita, pues basta con la firma del abogado defensor.
Es decir, el Código Penal no dice “si esto le hubiese pasado a la víctima…”, se refiere a lo concreto, y la fiscal actuó en consecuencia.
En síntesis; la beba está bien y el delito es excarcelable. En todo caso, si es antipática esta medida dispuesta por Rumbo, habría que reformar el Código.
Patricia Pía fue arrestada primero, internada después y examinada para corroborar que había tenido un parto domiciliario. Sucede que tanto ella como la abuela de la beba aseguraban que no había estado embarazada, que sólo sufrió una pérdida.
Por ello se le realizaron los análisis correspondientes; el resultado arrojó 9.000 unidades sub beta en sangre, lo cual significa que había estado embarazada en las últimas 24 horas.
Esos estudios fueron fundamentales en la investigación. La Justicia los necesitaba para imputarle el delito de abandono de persona agravado por el vínculo. La fiscal Virginia Rumbo la acusó y también a la madre de la joven, por abandono de persona.
Ambos delitos son excarcelables. Ante esta situación, la magistrada se ajustó a Derecho y le otorgó la libertad bajo una fianza efectiva de $1.500, suma que no se deposita, pues basta con la firma del abogado defensor.
Es decir, el Código Penal no dice “si esto le hubiese pasado a la víctima…”, se refiere a lo concreto, y la fiscal actuó en consecuencia.
En síntesis; la beba está bien y el delito es excarcelable. En todo caso, si es antipática esta medida dispuesta por Rumbo, habría que reformar el Código.