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Un juez frenó el traspaso de la Justicia Laboral a la Ciudad y obstaculiza la reforma del Gobierno

El traspaso era uno de los puntos más sensibles de la reforma laboral del Gobierno. La decisión llegó ante un reclamo de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación.


El juez a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo N°30, Herman Mendel, habilitó este martes un reclamo de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación y frenó el acuerdo entre el Estado nacional y el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para traspasar la Justicia laboral a la órbita porteña.

La intervención judicial que frenó el traspaso del fuero laboral a CABA

La decisión fue tomada por el juez de primera instancia, que congeló así el traspaso dispuesto en la reforma laboral impulsada por el oficialismo.

"La suspensión de la totalidad de los efectos del Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, celebrado entre el Estado Nacional y el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, integrante como Anexo I de la ley 27.802, hasta el dictado de la sentencia definitiva sobre el mérito", manifestó Mendel en su resolución.

La medida llegó en respuesta a una demanda de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, conducido por Julio Piumato, quien solicitó la nulidad e inconstitucionalidad de varias leyes, decretos y acuerdos dispuestos en la reforma, incluyendo la Ley 27.802 y el Acuerdo de Transferencia del 9 de febrero de 2026 dispuesto en la reforma laboral.

El reclamo del gremio de Judiciales

De acuerdo a su planteo, esos puntos violan los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, además de tratados internacionales. Por otra parte, el sindicato cuestionó la competencia del Congreso en la sanción de dichas leyes, con el argumento de que fueron sancionadas en sesiones extraordinarias sin la convocatoria correspondiente.

En paralelo, el gremio de judiciales también reclamó por la garantía de estabilidad laboral para alrededor de 1.600 empleados que forman parte de la Justicia Nacional del Trabajo, ya que en su artículo 91, la Ley de Modernización Laboral dispone la disolución de 30 juzgados y una sala en un plazo de 180 días.

"Vigencia transitoria de la Justicia Nacional del Trabajo. La Justicia Nacional del Trabajo mantendrá su vigencia hasta tanto se instrumente el acuerdo de transferencia de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo entre la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Una vez formalizado dicho acuerdo, se dispondrán los actos necesarios para su progresiva disolución conforme las previsiones y plazos que surjan de dichos instrumentos", sostiene el mencionado artículo.

En función de esa iniciativa, la reforma preveía que durante un periodo de transición, las causas nuevas sean atendidas por el fuero local, mientras que los tribunales nacionales finalizarán los procesos ya iniciados.

En paralelo, el acuerdo entre Nación y Ciudad explicitaba las responsabilidades administrativas y presupuestarias de ambas jurisdicciones para garantizar la continuidad del servicio de justicia y el respeto a la autonomía porteña. Por eso, el convenio especifica qué asuntos quedan excluidos de este traspaso, como los conflictos colectivos de trabajo que seguirán bajo la órbita federal.

Para los gremialistas, el punto más sensible era el cierre progresivo de juzgados nacionales y la designación de nuevos magistrados locales para consolidar la estructura judicial de la Ciudad. Sin embargo, esa iniciativa fue paralizada por la intervención de Mendel hasta que se resuelva la cuestión de fondo.