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Revés para el Gobierno: la Justicia rechazó llevar a la Corte la demanda de Cristina Kirchner por el cobro de la pensión de Néstor

La Cámara Federal de la Seguridad Social desestimó por mayoría los recursos de ANSES y de la fiscalia y ratificó la vigencia de la medida cautelar que suspendía la baja del beneficio. Desde Capital Humano adelantaron que iran en queja a la Corte.


La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social desestimó los recursos extraordinarios presentados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Ministerio Público en la causa iniciada por Cristina Fernández de Kirchner, en la que se discute la nulidad de un acto administrativo que afectó el cobro de la pensión por viudez que la expresidenta percibía por el fallecimiento de Néstor Kirchner.

El caso se originó tras una decisión de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que dispuso la baja del beneficio otorgado en 2010 y revocado en 2024. Frente a esa medida, la ex mandataria presentó una acción judicial para declarar la nulidad del acto administrativo, acompañada por un pedido cautelar que fue concedido en febrero de 2026 y que ordenó suspender los efectos de la decisión del ente hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.

La decisión implica que el organismo previsional deberá continuar abonando la prestación en cuestión mientras el expediente donde se discute la validez de la resolución administrativa que había dispuesto la baja de esos ingresos a fines de 2024 sigue en trámite. En ese momento, el Gobierno había dejado sin efecto tanto la asignación vitalicia como expresidenta como la pensión derivada de su condición de viuda de Néstor Kirchner, tras la confirmación de su condena a 6 años de prisión por administración fraudulenta en la causa Vialidad.

La confirmación de la cautelar: por qué el caso aún no llega a la Corte Suprema

Luego que la Cámara hiciera lugar a la cautelar de Cristina por considerar que los ingresos son de carácter alimentario, el Gobierno a través de ANSES intentó llevar el expediente a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario, al que también se sumó la fiscalía.

Sin embargo, los camaristas Sebastian Russo y Juan Fantini Albarenque rechazaron esa vía al sostener que no “los pronunciamientos sobre medidas cautelares no constituyen sentencias definitivas” al tiempo que agregaron que tampoco se verifican circunstancias excepcionales que justifiquen una revisión anticipada.

En la misma línea, el tribunal de alzada descartó que el caso tenga la gravedad institucional requerida para intervenir en esta etapa. Según los magistrados, el conflicto no excede el interés de las partes ni compromete el funcionamiento del sistema, por lo que debe continuar su curso normal hasta una sentencia final. Uno de los jueces incluso remarcó que la notoriedad pública de la demandante no altera los criterios procesales: en situaciones similares, sostuvo, los recursos serían rechazados “sin mayores miramientos”.

Debate interno en la Cámara y la última carta del Gobierno ante el Máximo Tribunal

En disidencia la magistrada Carmen Dorado consideró que correspondía habilitar la revisión de la Corte al indicar que el caso podría tener impacto económico sobre el Estado y consecuencias en la interpretación del sistema previsional, por lo que a su criterio era necesario que el máximo tribunal se pronunciara. Asimismo propuso que el recurso tuviera efecto suspensivo, lo que hubiera implicado frenar el pago hasta una decisión definitiva.

No obstante, el Gobierno aún puede jugarse una última carta y es a través de un recurso de queja ante la Corte, del cual el Ministerio de Capital Humano adelantó que están preparando.