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Rechazaron el pedido de propietarios de taxis contra Uber

Desde Aprotam habían pedido que se deje sin efecto la ley que permite que funcionen las aplicaciones de transporte de pasajeros. Los fundamentos del fallo.

jueves, 16 de mayo de 2019 · 20:35 hs

El Tribunal de Gestión Judicial Asociada 4, presidido por la conjueza Marcela Luján Puerto, rechazó la acción de amparo presentada por propietarios de taxis  contra la Ley de Movilidad, que permite el funcionamiento de Uber y Cabify en la provincia.

La Justicia local consideró que es una normativa sólida desde el punto de vista jurídico, que no genera un perjuicio en la actividad de los propietarios de taxis y tampoco representa una competencia desleal. Desde Aprotam (Asociación de Propietarios de Taxis de Mendoza), habían considerado que la ley de Movilidad "vulnera las garantías constitucionales de trabajar y ejercer toda industria lícita, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos y al derecho de igualdad", según se remarcaba en el amparo.

En el fallo “Asociación de Propietarios de Taxis de Mendoza (Aprotam) c/ Gobierno de la Provincia de Mendoza p/ Acción de Amparo”, la Justicia considera que la vía elegida -el amparo- no califica, en el particular, como la más idónea. Remarca que “en ninguno de los expedientes acumulados, los actores han justificado cuál era el daño grave e irreparable que le ocasiona plantear la cuestión por medio de la acción declarativa de inconstitucionalidad”.

Además, observa que la queja o interés de los propietarios de taxis (Aprotam) sólo se limita al de plataformas electrónicas por entender que con su inclusión en la ley existiría una competencia desleal.

Actualmente hay casi 500 vehículos habilitados (376 de Uber y 122 de Cabify) para trabajar con plataformas electrónicas. Según destacaron desde el Gobierno, el servicio funciona con normalidad y conviven bajo el ejercicio de la ley tanto taxis como servicios de plataformas electrónicas.

Esto diferencia a Mendoza de otras plazas del país, como Buenos Aires, en donde la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó la ilegalidad de Uber y de este modo sólo pueden prestar servicio taxis y remises.

Leé el fallo completo en este link