Cómo es la reforma a la Ley del Deporte que generó críticas: los dos cambios claves
El oficialismo provincial avanza con un proyecto para modificar la norma sancionada hace casi 30 años y derogar el Consejo Provincial y eliminar el Documento de Identidad Deportiva.
La Legislatura de Mendoza comenzó a discutir un proyecto de reforma a la Ley provincial del Deporte impulsado por el oficialismo. La iniciativa plantea la derogación del Consejo Provincial del Deporte y Recreación y la eliminación del Documento de Identidad Deportiva (DID). Estos cambios propuestos despertaron críticas en el ámbito deportivo provincial.
La propuesta fue presentada por el senador provincial de la UCR, Eduardo Martín, y días atrás fue analizada en comisiones del Senado provincial. No obstante, este intento de reforma no ha estado exento de polémica. La Confederación Mendocina de Deportes (Comede) rechazó las modificaciones principalmente sobre la credencial deportiva. Desde esa entidad sostienen que el proyecto desmantela un sistema desarrollado durante años sin inversión estatal.
La Ley Nº 6.457 de Ordenamiento del Deporte y la Recreación fue sancionada en 1997 y creó el Consejo Provincial del Deporte y Recreación con un órgano asesor y consultivo integrado por representantes de organismos públicos, entidades deportivas, instituciones universitarias, gremios y el sector empresarial.
Por otro lado, esta norma también creó el Documento de Identidad Deportiva (DID) con la finalidad de ordenar el registro y la acreditación de deportistas, dirigentes, técnicos y demás participantes del sistema deportivo provincial.
-
Te puede interesar
Cuáles son las empresas que buscan quedarse con Los Nihuiles en Mendoza
Sin embargo, el senador Martín advirtió que tanto el Consejo como la credencial han quedado obsoletos en la práctica a casi 30 años de la entrada en vigencia de la Ley del Deporte y por lo tanto plantea una modernización de la legislación. Resalta que la derogación de estos puntos en la norma original evitará una burocracia innecesaria para el desarrollo de la actividad deportiva en Mendoza.
Derogación del Consejo del Deporte
El legislador radical asegura que en la práctica institucional el Consejo del Deporte y Recreación no ha funcionado de manera regular, sistemática ni efectiva. Remarca que no existen actas de sesiones ordinarias que evidencien actividad constante, ni resoluciones o recomendaciones que hayan tenido impacto verificable en la política deportiva provincial.
Advierte que las funciones que la Ley sancionada en 1997 le asignaba a esta entidad han sido absorbidas en la práctica por la Subsecretaría de Deportes y por las federaciones y asociaciones deportivas de la provincia.
“La existencia formal de un órgano que no está constituido, que no sesiona, no produce recomendaciones y no cumple las funciones para las que fue creado constituye una anomalía institucional que genera confusión, dispersión de competencias y, eventualmente, cuestionamientos sobre la validez de actos que deberían haber contado con intervención consultiva del Consejo. Por ende, la solución más razonable es la derogación de los artículos que lo regulan, simplificando el esquema institucional y concentrando las funciones de asesoramiento y coordinación en la autoridad de aplicación, que ya las ejerce en los hechos”, expresa en los fundamentos de la reforma el senador provincial.
Eliminación del Documento Deportivo
Por otro lado, la reforma impulsada por Martín plantea la eliminación del Documento de Identidad Deportiva (DID) que surgió originalmente con la finalidad de ordenar el registro y la acreditación de deportistas, dirigentes, técnicos y demás participantes del sistema deportivo provincial. Sin embargo, a casi tres décadas de su sanción, el legislador oficialista sostuvo que esta credencial presenta serias dificultades estructurales que justifican su reemplazo.
Indicó que el sistema deportivo mendocino funciona en la práctica mediante una estructura descentralizada integrada por clubes, asociaciones y federaciones que ya administran sus propios registros de afiliación, fichajes, aptos físicos, seguros deportivos y habilitaciones competitivas. Por lo tanto, el DID no reemplaza esta validación federativa, sino que se superpone a ella, generando duplicación registral innecesaria
Asimismo, esta superposición documental produce barreras burocráticas concretas que pueden impedir el acceso efectivo a la Licencia Especial Deportiva. Un deportista puede encontrarse plenamente federado, con ficha vigente, seguro deportivo, apto físico y convocatoria oficial, y aun así no poder completar el trámite administrativo por carecer del DID. También sostiene que la emisión es engorrosa y no funciona de manera uniforme para todas las disciplinas.
En tanto, el análisis comparativo con otros regímenes de licencias laborales demuestra que ninguna otra licencia laboral exige simultáneamente la acreditación del hecho generador del derecho, la certificación institucional correspondiente y una registración administrativa permanente.
“El DID fue concebido bajo una lógica de registros físicos y soporte documental tradicional, incompatible con los estándares contemporáneos de administración pública digital, interoperabilidad institucional y protección de datos personales”, sostiene Martín.