Continuidad automática: el Gobierno oficializó una medida esperada por estatales
El Gobierno de Mendoza dispuso la continuidad automática de los empleados públicos contratados y con prestaciones de servicio, cuyos contratos vencían el 31 de marzo pasado. La prórroga, esperada por miles de estatales mendocinos, será hasta fin de año, según lo decretado por el gobernador Alfredo Cornejo.
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Mediante el Decreto N° 601, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el mandatario provincial estableció la continuidad automática desde el 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2025 para toda persona que al 31 de marzo de este año se encontraba incluida en alguna de las siguientes situaciones.
- Agentes que se encuentren en situación de adscripción; corresponde a los superiores jerárquicos inmediatos de origen informar en qué dependencia prestan servicios y sugerir la continuidad o el cese de la adscripción conforme las necesidades de la Jurisdicción.
- Agentes designados interinos conforme los términos del Artículo 4° de la Ley N° 9015.
- Agentes contratados en Planta Temporaria conforme a los términos del Artículo 8° del Decreto Ley N° 560/73.
- Agentes que se encuentren percibiendo cualquier tipo de Adicional y/o Suplementos de cualquier naturaleza.
- Contratada bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios y Honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo.
La continuidad hasta fin de año también alcanza los empleados públicos contratados bajo los sistemas de locación de obras o servicios correspondientes a la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.) y se encuentren financiados con fondos afectados provenientes de Organismos de Crédito Internacional, a fin de facilitar la continuidad de las obras financiadas con dichos fondos.
Por otra parte, el decreto aclara que la continuidad automática dispuesta “será efectivizada en idénticas condiciones, horarios, honorarios habituales, funciones u otros requisitos, según corresponda, que las vigentes al 31 de marzo de 2025”.
Asimismo, los ministros y las autoridades de entes descentralizados están facultados a disponer modificaciones o el cese de las adscripciones y prestaciones de servicios contempladas en el decreto para casos particulares durante el transcurso de la prórroga, mediante la emisión de la norma legal pertinente.