Coerción ideológica: el delito por el que imputaron a cuatro manifestantes antimineros
La Justicia de Mendoza confirmó que ya son cuatro las personas detenidas e imputadas por participar en las protestas contra la minera San Jorge que se desarrollaron a finales de enero en Uspallata. Las cuatro fueron acusadas del delito de coerción ideológica que establece una pena de prisión para quienes buscan “imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor”.
El pasado 24 de enero se produjeron fuertes disturbios en una protesta antiminera en Uspallata, durante la inauguración de la sede de la Cámara de Servicios Mineros, en medio de un clima de tensión por el rechazo de organizaciones y asambleas locales al proyecto minero San Jorge. Durante esa conflictiva jornada se produjeron incidentes en el que hubo golpes, lanzamiento de proyectiles y se incendiaron locales comerciales, en las inmediaciones del evento.
A un mes de ocurrido el hecho, el Ministerio Público Fiscal informó que este lunes se detuvo a dos personas en el marco de una serie de allanamientos realizados en Uspallata. Estas personas se suman a otros dos individuos que ya habían sido privados de su libertad días atrás.
Estas cuatro personas fueron imputadas por el delito de coerción ideológica, previsto y penado por el Artículo N°213 bis del Código Penal. Esa norma establece que “será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que (…) tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación”.
Una de las personas detenidas fue Mariana Leticia González, quien fue imputada por pertenecer a una agrupación para la coerción ideológica. También fue encarcelado Mauricio Iván Cornejo acusado de ese delito y también imputado por amenazas coactivas agravadas, por compeler a la víctima a hacer abandono de su lugar de residencia habitual y de trabajo.
Estas imputaciones se suman a las ya efectuadas con antelación hacia Miguel Pablo González y Marcelo Daniel Correa Molina. En el primer caso, la misma fue efectuada por el delito de incendio doloso, ya que fue señalado como el autor de arrojar una bomba molotov a un local comercial, además de estar señalado por pertenecer a una agrupación para la coerción ideológica.