Absolvieron a Marcelo Corazza en el juicio por trata y abuso de menores
El TOF 3 declaró prescriptos varios de los hechos atribuidos al ex Gran Hermano. Además, descartó la acusación por asociación ilícita. Francisco Angelotti fue condenado a 22 años y Raúl Mermet, a 10 años.
Marcelo Corazza, exganador de Gran Hermano Foto: Instagram @marcelocorazza
Foto: Instagram @marcelocorazzaEl Tribunal Oral Federal Nº3 condenó a Francisco Rolando Angelotti a 22 años de prisión y a Raúl Ignacio Mermet a 10 años en el juicio por una serie de hechos de trata de personas, abuso sexual y corrupción de menores. El ex Gran Hermano, Marcelo Corazza, fue absuelto de los hechos por los que fue acusado, así como también Leandro Aguiar y Andrés Charpenet. Los jueces, además, descartaron la acusación por asociación ilícita.
Durante su alegato, el pasado 9 de julio, el fiscal federal Patricio García Elorrio había solicitado 22 años para Angelotti, 11 para Aguiar y 10 para Mermet y Charpenet, mientras que había pedido la absolución de Corazza. También había considerado prescriptos los hechos más antiguos y descartado la figura de asociación ilícita.
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Los jueces Andrés Basso, Javier Feliciano Ríos y Fernando Machado Peloni determinaron la responsabilidad de Angelotti como autor penalmente responsable del delito de trata de personas respecto de cuatro víctimas, algunas de ellas menores de edad al momento de los hechos, con agravantes vinculados con la situación de vulnerabilidad. Por esos delitos, le impusieron una pena de 22 años de prisión, la misma que había solicitado el fiscal García Elorrio. El tribunal también lo responsabilizó por varios hechos de abuso sexual con acceso carnal respecto de otras tres víctimas, también menores de edad al momento de los hechos.
Por otra parte, el TOF 3 consideró que Mermet fue partícipe necesario en el delito de trata de una menor de 18 años, agravado por el abuso de su situación de vulnerabilidad, y lo condenó a 10 años de prisión.
El origen de la causa por trata y abuso de menores
El juicio, que se extendió durante casi un año, se desarrolló después de una investigación iniciada en octubre de 2022 a partir de la denuncia de una de las víctimas ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). En marzo de 2024, el fiscal Carlos Rívolo y la fiscal de Protex Alejandra Mángano solicitaron la elevación a juicio al considerar que existían elementos para sostener que había funcionado una organización dedicada a captar jóvenes varones, muchos de ellos menores y en situación de vulnerabilidad, para abusarlos y explotarlos sexualmente.
Según la hipótesis de la acusación durante la instrucción, la estructura habría funcionado entre 1999 y marzo de 2023 en la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires y Misiones. Angelotti era señalado como quien captaba a los jóvenes y se ganaba su confianza para luego someterlos a abusos y facilitar encuentros sexuales con otros adultos. Corazza, Mermet y Charpenet habían sido considerados miembros de esa organización, mientras que Aguiar había sido señalado como uno de sus integrantes desde 2018.
Por qué la Justicia absolvió a Marcelo Corazza y a los otros 4 acusados
Los cinco fueron absueltos por asociación ilícita, imputación que durante el debate había sido sostenida únicamente por la querella. En esa línea, el tribunal declaró extinguida por prescripción la acción penal respecto de Angelotti por delitos contra la integridad sexual relacionados con cinco víctimas; respecto de Mermet, por hechos vinculados con cuatro víctimas; y respecto de Corazza, por exhibiciones obscenas agravadas y promoción de la corrupción de menores relacionadas con la primera víctima.
Los magistrados también establecieron que Angelotti y Mermet deberán abonar reparaciones económicas a las víctimas por los hechos por los que fueron condenados. En el caso de Angelotti, deberá pagar a 4 víctimas el equivalente a 20 salarios mínimos, vitales y móviles a cada una. Mermet deberá abonar a una víctima un monto equivalente, pero de forma solidaria con Angelotti.
Tras el cierre de la audiencia, Aguiar y Charpenet recuperaron la libertad y se ordenó levantar las inhibiciones generales de bienes que pesaban sobre ellos. En el caso de Corazza, quien estuvo acompañado durante todo el proceso por sus hermanas y en lectura del veredicto por sus sobrinos y sobrinos nietos, el tribunal dejó sin efecto el dispositivo electrónico de vigilancia, la prohibición de salir del país y el embargo que había sido ordenado durante el proceso.
Finalmente, los magistrados ordenaron decomisar los dispositivos electrónicos secuestrados en un domicilio de Oberá, Misiones, y dispusieron comunicar la condena de Angelotti al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual. Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el próximo 22 de octubre.