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Monotributo: qué movimientos de tu billetera puede ver ARCA

ARCA explicó qué datos informan las billeteras y procesadoras de pago y cómo esos movimientos pueden influir en la recategorización del monotributo.

ARCA (ex AFIP) envía notificaciones al Domicilio Fiscal Electrónico y otorga 15 días para apelar. Foto: Archivo

ARCA (ex AFIP) envía notificaciones al Domicilio Fiscal Electrónico y otorga 15 días para apelar. Foto: Archivo

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En febrero, miles de monotributistas realizaron la recategorización obligatoria ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Sin embargo, tras el trámite surgieron dudas vinculadas a los ingresos acreditados en billeteras virtuales y a posibles diferencias con la facturación declarada.

Para aclarar este punto, el organismo remite a lo establecido en la Resolución General 4614/2019. En su Título I se dispone que las empresas que procesan pagos electrónicos deben informar mensualmente al fisco cuánto facturó cada comercio a través de sus sistemas y qué comisión cobraron por ese servicio. Esto incluye operaciones realizadas mediante terminales de cobro, tarjetas de crédito y débito, links de pago y códigos QR, es decir, cualquier medio digital de gestión de cobros.

El Título II establece un régimen distinto, enfocado en billeteras virtuales y proveedores de servicios de pago que administran cuentas. Allí se exige informar ingresos totales, egresos y saldo final mensual de cada usuario cuando se superan determinados umbrales: $50 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. Si en un mes se supera al menos uno de esos parámetros, deben reportarse los tres conceptos. Si no se alcanzan esos montos, no se envía información adicional.

En síntesis, las plataformas no informan movimientos o saldos por debajo de esos límites, pero sí reportan las comisiones que cobran y, cuando se activan los umbrales, los ingresos, egresos y saldos finales de las cuentas.

Cómo acceder al Monotributo Social paso a paso. Foto: Walter Moreno/MDZ
ARCA aclaró que "se miran cobros, no transferencias". Foto: Walter Moreno/MDZ

ARCA aclaró que "se miran cobros, no transferencias". Foto: Walter Moreno/MDZ

Cómo apelar una recategorización de oficio

Si un contribuyente recibe una notificación de recategorización de oficio en el domicilio fiscal electrónico, cuenta con 15 días hábiles para presentar un descargo a través del servicio “Presentaciones Digitales”. En caso de detectar inconsistencias, puede solicitar la revisión para verificar si el monto observado corresponde efectivamente a un ingreso comercial o a una transferencia que fue mal interpretada por el sistema.