ARCA: qué pasará con los monotributistas que no hicieron la recategorización
ARCA cerró la recategorización del Monotributo y analiza qué medidas aplicar a los contribuyentes que no realizaron el trámite obligatorio.
ARCA puede aplicar la recategorización de oficio a monotributistas que no cumplieron. Foto: Walter Moreno/Mdz con Moto G 24
Dos veces por año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) exige a los contribuyentes del Monotributo cumplir con un trámite obligatorio: la recategorización. La primera instancia de 2026 cerró en los primeros días de febrero, pero muchos monotributistas no realizaron el procedimiento dentro del plazo establecido. La duda ahora es qué consecuencias puede haber.
Qué es la recategorización y por qué se hace
La recategorización del Monotributo es el trámite que deben efectuar los contribuyentes en febrero y agosto para verificar si la categoría en la que están inscriptos continúa siendo correcta. Para eso se analizan los ingresos brutos, gastos, alquileres devengados y demás parámetros de actividad correspondientes a los últimos 12 meses.
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Si el contribuyente supera los topes de su categoría o, por el contrario, registra una facturación menor, corresponde modificar la escala para ajustar el monto mensual a pagar. El objetivo es que la cuota refleje la realidad económica actual del contribuyente.
Qué pasa si no se hizo el trámite
Si no se realiza ninguna acción dentro del plazo, el sistema interpreta que no hubo cambios en la situación fiscal y el monotributista permanece en la misma categoría. Sin embargo, esto no impide que ARCA revise posteriormente la información declarada.
En caso de detectar inconsistencias entre la facturación declarada y los movimientos bancarios, consumos o gastos registrados, el organismo puede iniciar una recategorización de oficio. Este procedimiento se aplica cuando el contribuyente no cumplió con el trámite o lo hizo de manera incorrecta.
Si correspondía subir de categoría y no se realizó la actualización, ARCA puede aplicar sanciones. Entre ellas, multas que pueden alcanzar hasta el 50% del impuesto integrado y del aporte previsional adeudado, además de exigir el pago de las diferencias generadas.


