Mini RIGI y baja de ganancias para empresas: los puntos claves del capítulo impositivo de la reforma laboral
El borrador del proyecto incorpora un "mini RIGI" para las pymes, como así también exenciones impositivas al agro.
El borrador del proyecto Reforma Laboral, que el Ejecutivo enviará en las próximas horas al Congreso, incorpora varios cambios impositivos. Entre ellos una baja del impuesto a las ganancias, exenciones del IVA para un sector del agro, un "mini RIGI" y la eliminación del gravamen a productos electrónicos, como los teléfonos celulares.
El texto inicial elimina la imposición que aplicaba a productos electrónicos como celulares y otros dispositivos. Pero también se extiende la eliminación de los impuestos internos a otros sectores, los siguientes bienes y servicios son alcanzados por el nuevo régimen: automotores, motos, aeronaves, embarcaciones, objetos considerados suntuarios, seguros, espectáculos cinematográficos, videogramas grabados, telefonía celular, comunicación audiovisual y alquileres
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Ganancias
El proyecto presenta nuevas escalas para el impuesto a las Ganancias para las empresas para el año que viene. En concreto, para 2026 el esquema quedaría de la siguiente manera: la alícuota del 30% bajaría al 27%, en tanto que el de 35% retrocedería al 31,5%.
A su vez, el texto plantea una eximición del pago de Ganancias para la renta del sector financiero. Se eliminaría el tributo para la compraventa de activos financieros, un beneficio que aplicará a bonos, obligaciones negociables, acciones, fondos comunes de inversión y Cedear. Sin embargo, se mantendrá sobre el impuesto sobre las criptomonedas y activos digitales.
Mini RIGI
El texto también crea un Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una suerte de Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) enfocado a pequeñas y medianas empresas.
El "mini RIGI" para pymes busca incentivar proyectos productivos que oscilan entre los US$ 150.000 (para microempresas), US$ 600.000 para pequeñas, US$ 3,5 millones para medianas del primer tramo, US$ 9 millones para medianas del segundo tramo y US$ 30 millones para grandes compañías.
El borrador prevé beneficios como la amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de IVA a partir del tercer período fiscal, para empresas tanto nacionales como extranjeras que no cuenten con antecedentes penales tributarios o deudas fiscales.
Según el documento, sólo califican al régimen aquellas inversiones productivas aplicadas a la adquisición, elaboración, fabricación o importación de bienes muebles nuevos (excepto automóviles). Quedan excluidas las inversiones orientadas a activos financieros, de portfolio y bienes de cambio.
Este apartado era muy demandado por las pymes, que frente al RIGI exigían un alivio fiscal enfocado a para las pequeñas y medianas empresas.
Alivio fiscal al agro
El proyecto introduce la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego del sector agroindustrial. Como así también una amortización acelerada para equipos de riego, mallas antigranizo y hacienda, como una solución al problema de ganancia por tenencia en ganadería.

