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El Gobierno eliminó los subsidios a pasajes de larga distancia para personas con discapacidad

Eliminan subsidios a pasajes de larga distancia por boletos gratuitos a personas con discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos.

Micros de larga distancia NA

El Gobierno nacional puso nuevamente en marcha la motosierra y eliminó el régimen de subsidios que recibían las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a personas con discapacidad, pacientes trasplantados y niños y adolescentes con cáncer. La medida fue oficializada mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

No obstante, el beneficio seguirá vigente aunque el costo deberá ser absorbido por las empresas proveedoras del servicio.

La decisión deroga las resoluciones vigentes desde 2018 que permitían a las compañías de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional recibir reintegros parciales por los boletos emitidos sin cargo en cumplimiento de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674.

Empresas de micros de larga distancia NA

Desde el Gobierno argumentaron que el esquema perdió sentido tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, que estableció un nuevo marco regulatorio para el transporte de larga distancia basado en la libertad tarifaria. Según los considerandos de la resolución, las empresas ahora tienen la posibilidad de “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”, por lo que cuentan con margen para absorber dentro de sus costos las obligaciones derivadas de los pasajes gratuitos.

La norma sostiene que el antiguo sistema de subsidios había sido creado en un contexto de fuerte intervención estatal sobre las tarifas y que, con el nuevo esquema de libre competencia, “la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada”.

En ese sentido, el texto oficial remarca que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración sustancial de la ecuación económico-financiera del sector”, permitiendo a los operadores internalizar los costos asociados a los beneficios previstos por ley.

El costo lo deben asumir las empresas

La resolución aclara, no obstante, que la eliminación de las compensaciones no modifica el derecho a viajar gratuitamente para los grupos alcanzados por las leyes vigentes. Las empresas seguirán obligadas a emitir pasajes sin cargo para personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera para un trasplante y niños y adolescentes con cáncer.

Asimismo, se encomendó a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) la continuidad de los controles para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones por parte de las compañías de transporte.

El Gobierno también incorporó una cláusula transitoria para preservar las situaciones ya devengadas antes de la entrada en vigencia de la medida, en resguardo del principio de seguridad jurídica.

La decisión generó cuestionamientos desde sectores vinculados a la discapacidad, que interpretan la medida como un nuevo ajuste sobre un colectivo que ya viene denunciando recortes y demoras en la implementación de políticas públicas. Las críticas se producen además en el marco del conflicto por la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad (27.793), sancionada por el Congreso y todavía pendiente de implementación plena por parte del Poder Ejecutivo.

Desde organizaciones del sector advierten que, aunque el beneficio formalmente se mantiene, la quita de subsidios podría derivar en mayores dificultades para acceder a los pasajes gratuitos, debido al impacto económico que la medida tendrá sobre las empresas transportistas.