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Cambios en Ganancias: menos impuestos para vender o alquilar propiedades

La reforma fiscal elimina el 15% sobre utilidades y exime alquileres del impuesto a las ganancias. Impacto en construcción e inversiones inmobiliarias.

Reforma fiscal 2026: eximen de Ganancias la venta y alquiler de inmuebles.

Reforma fiscal 2026: eximen de Ganancias la venta y alquiler de inmuebles.

Aldara Zarraoa / Getty

La reforma fiscal que obtuvo media sanción en Diputados incorpora cambios sustanciales en el impuesto a las Ganancias que, según el contador y tributarista Marcelo Rodríguez, podrían tener fuerte impacto en la construcción y en las inversiones inmobiliarias. El eje pasa por la exención de la utilidad en la venta de inmuebles y de la renta por alquileres de vivienda.

Escuchá la entrevista completa en MDZ Radio:

24-02-2026 - MC - MARCELO RODRÍGUEZ - CONTADOR- TRIBUTARISTA DE MR CONSULTORES

Eliminación del 15% a la venta de inmuebles

“Lo que hace el Congreso (…) es eliminar una disposición que se incorporó allá por el año 2017, con la reforma impulsada en el gobierno del presidente Mauricio Macri, en virtud de la cual la utilidad obtenida por la venta de un inmueble, en cabeza de una persona humana, pasó a estar grabada en el impuesto a las ganancias de la tasa del 15%”, explicó Rodríguez en MDZ Radio.

Detalló que la norma exime “las utilidades generadas durante el corriente periodo fiscal 2026”, aplicable “tan solo para personas humanas”, y que ya no se limita a la casa habitación sino que “hoy se extiende a cualquier tipo de inmueble”. Además, recordó que, tras la derogación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) en 2023, “hoy día cualquier individuo que vende un inmueble o un derecho sobre inmuebles queda fuera del pago del impuesto a las ganancias”.

Para graficar el alcance, señaló: “Suponte que vos vendés un inmueble (…) 100 millones de pesos (…) y el costo (…) fue de 70 millones de pesos, vos por los 30 millones de pesos de la utilidad, pagabas el 15% del impuesto a las ganancias. Eso desactivaba la posibilidad de que un inversor tuviera el atractivo de entrar en una obra”. Con la reforma, “esto se elimina”.

También destacó que, si el inversor decide alquilar, “la renta por ese alquiler, va a quedar eximida del pago del impuesto a las ganancias”. Subrayó que “no hay ninguna limitación de sujeto”, por lo que “cualquier persona humana, cualquier sociedad que alquila mi inmueble y obtiene una renta por ese alquiler, va a quedar exento”.

Impacto en construcción e inversiones

Rodríguez consideró que la medida es “muy beneficiosa” y “muy interesante”, aunque advirtió que no alcanza a “la utilidad obtenida por el derecho que vos vas pagando en un fideicomiso de construcción”, que “seguirá grabado”. A su criterio, debería complementarse con “el incremento del parámetro para deducir los intereses hipotecarios”, hoy fijado en “20.000 pesos”, monto que calificó de “absurdo”.

“Creo que es un impulso muy atractivo y muy determinante para esta industria que yo considero, una vez más, que es muy reactivante”, afirmó. Y concluyó: “Yo creo que sí” habrá impacto en el mercado inmobiliario, aunque recomendó seguir de cerca el trámite en el Senado y la reglamentación final.