ARCA oficializó cuándo será la próxima recategorización del monotributo en 2026
ARCA confirmó una medida clave para todos los monotributistas argentinos. Así será el nuevo calendario para 2026.
El monotributo es clave en ARCA.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer las fechas correspondientes a la próxima recategorización del régimen simplificado del Monotributo, a fin de que los contribuyentes puedan revisar y, si corresponde, actualizar su categoría. Así quedaron las fechas.
Según lo comunicado por la entidad, las convocatorias se desarrollarán en dos momentos a lo largo del año 2026: la primera entre fines de enero y comienzos de febrero, y la segunda durante agosto.
Te Podría Interesar
Qué implica la recategorización en ARCA y quiénes deben hacerla
El trámite —que se realiza de forma digital a través del portal de Monotributo con CUIT y clave fiscal— permite verificar si los ingresos declarados en los últimos 12 meses (junto con otros parámetros como superficie del local, consumo eléctrico, alquileres, etc.) coinciden con los límites vigentes para la categoría actual.
No están obligados a recategorizarse quienes ya tengan menos de seis meses de actividad —en ese caso, el sistema suele contabilizar automáticamente su situación— ni los que no superen los umbrales establecidos para su categoría.
Escalas vigentes a diciembre de 2025
Para orientar a quienes deban revisar su condición, ARCA difundió los límites de facturación anual según categoría, actualizados conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC). Algunos ejemplos:
Categoría A: hasta $ 8.992.597,87 anuales
Categoría B: hasta $ 13.175.201,52 anuales
Categoría C: hasta $ 18.473.166,15 anuales
(Existen escalas sucesivas —D, E, F, etc.— con topes progresivos.)
Qué deben hacer los monotributistas
Quienes superaron los límites de su categoría actual o modificaron sus condiciones de actividad deben ingresar al portal de Monotributo, elegir la opción “Recategorizarme”, actualizar los datos que correspondan y confirmar el nuevo estado. El sistema generará un comprobante (Formulario F.184) y la nueva credencial de pago.
Por el contrario, si no corresponde un cambio —o si no pasaron seis meses desde que comenzaron la actividad— la recategorización no es obligatoria. En esos casos, ARCA no exige acción alguna.


