Blanqueo de capitales: cuál es la nueva alternativa para declarar fondos
El Gobierno nacional busca incentivar el blanqueo de capitales y semana a semana va ajustando diferentes puntos para que más argentinos ingresen sus activos al país. En este marco, el Ministerio de Economía oficializó este martes que los fondos declarados se podrán tener como destino inversiones productivas.
Específicamente, se trata de los bienes muebles. Y cabe destacar que, sólo estará disponible para primera -de las tres- etapa de blanqueo, que estará vigente hasta el 30 de septiembre.
Así se lo dispuso a través de la Resolución 914/2024 publicada este martes 17 de septiembre en el Boletín Oficial.
En los considerandos se indica que "del denominado “Supuestos especiales de exclusión de base imponible y pago del Impuesto Especial de Regularización”, se instituyó un régimen especial de regularización que alcanza, conforme el artículo 31 de la ley 27.743, al dinero en efectivo, en la República Argentina o en el exterior, que sea depositado o transferido a una Cuenta Especial de Regularización de Activos y, de acuerdo con lo indicado en los artículos 32 y 33 de esa misma ley, al dinero depositado en cuentas bancarias del exterior y al derivado del producido de la enajenación, rescate o liquidación de títulos del exterior, respectivamente".
"Los fondos regularizados también podrán afectarse a la adquisición de bienes muebles con destino a la inversión productiva en el país incluidos en el listado que establezca la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, mediante transferencias hacia cuentas especiales de regularización de activos o hacia otras cuentas", establece la medida.
Y se completa: "En este último caso, el sujeto deberá declarar ante la entidad en la que se llevará a cabo ese movimiento, con carácter de declaración jurada, que el dinero será utilizado para dicha operatoria".
Más opciones para blanquear capitales
- Títulos públicos: emitidos por Estado nacional, provinciales, municipales y/o CABA.
- Certificados de participación: fideicomisos para inversión productiva, inmobiliaria, infraestructura y financiamiento pymes.
- Cuotapartes de fondos comunes de inversión abiertos y cerrados.
- Acciones colocadas por oferta pública.
- Obligaciones negociables.
- Cheques de pago diferidos.
- Pagarés bursátiles.
- Títulos públicos/valores en fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.
- Operaciones onerosas: proyectos inmobiliarios iniciados a partir del 8 de julio de 2024 o que, a dicha fecha, tengan un grado de avance inferior al 50%.
- Vehículos que cumplan con las condiciones propuestas por la resolución.
- Contratos de locación de obra o símil naturaleza.