El Gobierno flexibiliza las normativas para registrar un nuevos empleados
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) simplificó el trámite que los empleadores deben realizar ante el organismo para dar el alta inicial a los trabajadores. Además, se extendió los plazos de presentación de la información complementaria hasta la liquidación del primer sueldo.
Menos datos
Por medio de la Resolución General 5.508/2024, se redujeron significativamente los datos necesarios para proceder a la registración de los empleados. De esta manera, a través de la norma, se agiliza la gestión que deben realizar los empleadores, facilitando el proceso y otorgando seguridad jurídica a las relaciones laborales.
A partir de ahora, para comunicar el alta de un trabajador ante la AFIP bastará con informar simplemente el CUIL y/o CUIT, domicilio donde se desarrolla la actividad económica, fecha de inicio de la relación laboral, modalidad de contratación, obra social y la fecha de finalización de la relación, en caso de que sea un contrato a plazo fijo.
Más plazo
En ese sentido, se extiende el plazo para cargar los datos restantes hasta la primera liquidación del sueldo, tales como el monto de la remuneración mensual o el puesto en el que se desempeñará el trabajador. Anteriormente, debían hacerlo previo al comienzo efectivo de las tareas.
Así, los empleadores contarán con más tiempo para completar la información restante, lo que redunda en una menor carga burocrática para los empleadores y mayor celeridad en la registración del trabajador.

