Monotributo: suba de ingresos máximos por debajo de la inflación
Este año el monotributo tendrá un incremento en los valores de las facturaciones máximas para cada categoría de un 26%, basado en el esquema que rigió entre julio y diciembre de 2021 y considerando los dos últimos reajustes por movilidad para las jubilaciones a cargo de Anses.
Desde 2018, el ajuste del monotributo se lleva a cabo en enero con el mismo porcentaje que la suba de las jubilaciones el año anterior, según la fórmula de movilidad. En 2020 hubo aumentos discrecionales por decreto y no se impuso ninguna fórmula, por lo cual la actualización de 2021 se demoró. Hubo luego un rechazo a que la AFIP cobrara retroactivamente en enero las diferencias por las actualizaciones de aportes (que se realizó meses más tarde). Dicho rechazo generó, entonces, la ley que estableció el reajuste adicional de la tabla.
Dos tablas diferentes se dieron en 2021 y variaron de un semestre a otro. La segunda tuvo que ver con un aumento excepcional aplicado por una ley a las facturaciones topes y las subas fueron más bajas en las inscripciones para mayores ingresos. Si la actualización de este 2022 se hubiera hecho como en años anteriores, según la tabla del primer semestre y teniendo en cuenta la movilidad anual del 52,67%, el efecto ahora generado sería otro.
En comparación con los montos del año pasado, los ingresos máximos del monotributo –que resultan de aplicar un 26% a los del segundo semestre– son: 32,05% (en comercio) y 39,18% (en servicios). Esta suba está por debajo de la inflación anual, que ronda el 50%. Debido a esto, hay contribuyentes que corren el riesgo de pasar al régimen impositivo general (el más alto), a pesar de que sus ingresos no tuvieron mejoras o, aún más, empeoraron.
Ingresos y aportes según categoría
Estos valores que varían según la categoría, para quienes prestan servicios tendrán como límite una facturación máxima anual de $3.276.011,15 (en comparación con los $2.353.705,82 del año anterior), con un promedio mensual de $273.000. En el caso de quienes venden cosas muebles, el ingreso máximo posible anual es de $4.662.015,87 (comparado con los $3.530.558,74 de 2021), con un promedio mensual de $388.501.
Categorías más bajas:
- Categoría A: la facturación máxima anual permitida es de $466.201,59 y el importe mensual a pagar (en concepto tanto del componente impositivo como de los aportes a la obra social y al sistema previsional) es de $3.334,24 (en comparación con los $2642,22 de 2021).
- Categoría B: el monto máximo anual es de $693.002,36 y el aporte mensual a abonar es de $3.728,29 (comparado con los $2.958,95 del año pasado).
- Categoría C: el ingreso máximo anual es de $970.203,30. Quienes presten servicios deberán abonar cada mes $4.262,11 (cuando en 2021 pagaban $3.382,62) y quienes vendan cosas muebles, $4.190,06 (en comparación con los $3.325,44 del año pasado). Esta es la categoría con el mayor incremento del ingreso máximo, ya que superó el 71% en la comparación anual.
Aportes de las categorías más altas:
- Categoría H: el importe mensual para quienes prestan servicios es de $16.114,67 (en 2021 era de $12.789,38).
- Categoría K: el valor mensual del aporte es de $25.090,13 (en comparación con los $19.912,74 del año pasado).
Es importante recordar que hasta el 20 de enero se puede realizar el trámite para la recategorización del monotributo, según el ingreso de los últimos 12 meses de cada contribuyente.
Alquileres y pase al sistema general
En cuanto a los montos para quienes vendan bienes para ser monotributistas deben tener en cuenta que el precio máximo es de $49.646,21 (comparado con los $39.401,62 de 2021). Para los alquileres, en las últimas cuatro categorías, cuya cifra es la más elevada, el monto anual es de $533.822,27.
A partir de ahora, es posible pasar del monotributo al régimen impositivo general mediante un procedimiento permanente de transición, avalado por la ley 27.618. Este pase supone inscribirse en el IVA y en deducciones en Ganancias, además de pagar el aporte previsional del régimen de autónomos. Es preciso tener en cuenta que dicho aporte es mayor que el de monotributista.
Qué pasaría si se reforma el monotributo
Las categorías más bajas, que son la A, B y C, dejarían de pagar el componente impositivo mensual si se aprobara el proyecto de un puente de inclusión fiscal a su régimen. Además, quienes se inscriban en otras categorías podrían contar con períodos de gracia. Habría también exenciones totales o parciales durante cuatro años y los nuevos inscriptos no deberían abonar la obra social (hoy incluida en el aporte mensual).

