AFIP sumó criterios para no pagar Bienes Personales
La AFIP amplíó los beneficios para contribuyentes en Bienes Personales mediante la Resolución General 4931/2021 publicada en el Boletín Oficial, que establece que los responsables del impuesto podrán acceder al beneficio cuando la suma del pago a cuenta y los anticipos ingresados arrojen como resultado un importe superior al impuesto determinado estimado para el período 2020.
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Los cálculos que se efectúen deberán constar en papeles de trabajo que se conservarán en archivo a disposición de la administración tributaria encabezada por Mercedes Marcó del Pont.
Las personas humanas y sucesiones indivisas alcanzadas por el impuesto sobre los Bienes Personales tienen tiempo hasta el 5 de abril de 2021 para solicitar la excepción de ingreso del pago a cuenta.
Para hacerlo, deben ingresar al sistema de cuentas tributarias, seleccionando la transacción informática "Eximición pago a cuenta", e indicando el motivo de la solicitud.
Fuente: Télam