En Argentina no se respeta la equidad contributiva
En Argentina no es lo mismo obtener ingresos como asalariado, monotributista o autónomo, pese a que en todos los casos se trata de rentas del trabajo personal, ya que el sistema impositivo no es fiel al principio de equidad contributiva que establece que dos personas con un nivel similar de ingresos deberían tributar impuestos similares.
Según informó el diario La Voz, el trabajador independiente que no está en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) es el que mayor peso soporta de este tributo, con una carga varias veces superior a la de un empleado en relación de dependencia.
El Ieral de la Fundación Mediterránea realizó una estimación de la presión tributaria que tienen estos tres grupos de trabajadores. Para los monotributistas se tomó el componente impositivo (que reemplaza a Ganancias e IVA). En el análisis no se incluyen en ningún caso los aportes a la seguridad social.
En un nivel mensual de 17.500 pesos, un autónomo soportaría una alícuota efectiva del 20,10 por ciento de sus ingresos. Esto equivale a 3,2 veces lo que tributa un asalariado (6,28 por ciento) por Ganancias y 6,9 veces lo que pagaría un monotributista (2,9 por ciento).
Para niveles más bajos de ingresos (hasta 15 mil pesos brutos entre enero y agosto de 2013), los empleados quedan, en la práctica, exentos del impuesto.
Sólo para un monto de 2.500 pesos por mes los monotributistas pagan más: 1,44 por ciento de su ingreso, mientras que asalariados y autónomos no tributan. Si se sube a cinco mil pesos mensuales, ambas categorías de independientes abonan 1,38 por ciento en este tributo.
ero, a partir de los 7.500 de ingresos los autónomos comienzan a soportar una alícuota creciente en forma exponencial: parte de 7,01 por ciento para este nivel y llega al 29,8 por ciento en ingresos mensuales de 50 mil pesos.
En cambio, los monotributistas, luego del cambio que rige desde septiembre de 2013 (que duplicó la facturación máxima de cada categoría y elevó los topes para permanecer en el régimen) están gravados con una alícuota máxima de 6,56 por ciento (para 22.500 pesos de facturación mensual).
Los asalariados, tienen una carga tributaria que va desde 6,28 a 23,39 por ciento (para el máximo analizado por el Ieral, de 50 mil por mes).
Con estas cargas, para niveles bajos de facturación (hasta 400 mil pesos al año, o 33.333 por mes), los independientes preferirán estar en el Monotributo (salvo que no puedan estar en este régimen por situaciones particulares). Pero, a partir de allí deben pasar a ser autónomos.
En este caso, señaló el informe del diario La Voz, la presión tributaria se multiplica por 5,5 con el cambio de régimen, al pasar de una alícuota efectiva de 4,8 por ciento como monotributista a 26,5 por ciento como autónomos. En comparación, un asalariado de este nivel de ingresos contribuye con el 16,9 por ciento de su remuneración.
