Descenso de un histórico: Andino perdió la categoría en el hockey sobre césped femenino
El hockey sobre césped femenino de Mendoza inició la semana con una noticia que generó un gran impacto en la disciplina. Es que el Club Andino, el elenco más ganador que tiene la provincia, recibió una dura sanción por la mala inclusión de una jugadora en la promoción de ida ante Rivadavia, motivo por el cual terminó perdiendo su plaza en la máxima categoría.
A modo de resumen, Andino disputó la promoción ante Rivadavia hace dos semanas atrás, producto de haber quedado en la zona baja en la fase regular y haber perdido el cruce pre-promoción. En el primer compromiso entre ambos conjuntos, las Azules ganaron 2-1, pero fue allí donde surgió la polémica, ya que la autora de uno de los goles no estaba incluida en la planilla. El día posterior se disputó el segundo compromiso con una nueva victoria para las dirigidas por Mariano Caicedo por 3-1.
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Sin embargo, este lunes se dio a conocer el fallo del tribunal de penas con respecto a esta situación, el cual indica: "Sancionar al Club Andino por la indebida inclusión de la jugadora xxxxxx, D.N.I. xxxxxxx, con una multa igual a diez (10) cuotas sociales y con la pérdida de los puntos en juego a favor su adversario, con resultado de 3 a 0, en virtud de lo previsto por los artículos 120 y 198 del Reglamento General".
En conclusión, Andino terminó perdiendo el primer partido 3-0, mientras que en el duelo de vuelta se impuso 3-1, resultados que le dieron el triunfo en el global a Rivadavia por 4-3 y que terminaron de concretar el descenso de las Azules a la segunda categoría del hockey mendocino. Además, el tribunal de penas decidió sancionar a la jugadora involucrada con dos partidos de suspensión por su mala inclusión en el partido 6.183, en virtud de lo dispuesto por los artículos 121 y 135 del Reglamento General. Por lo pronto, el club tiene derecho a apelar el fallo, aunque la decisión ya se dio a conocer en el inicio de la semana.
La decisión que terminó de concretar el descenso de Andino se basa en el artículo 120, el cual asegura: "La Institución que en un partido oficial incluyera a un jugador que no esté reglamentariamente habilitado, perderá los puntos en juego en favor de su adversario y tendrá una multa igual a diez cuotas sociales, además de las sanciones que pudieren corresponder al jugador y demás responsables. A estos efectos entiéndase por inclusión la inscripción del jugador en la planilla de partido correspondiente, ya sea en papel o por sistema digital”
Además, el artículo 198 determina: “Cuando por cualquiera de las causas establecidas por este Reglamento, un equipo perdiera los puntos en juego en un partido a favor de su adversario, el resultado será de 3 a 0 a todos sus efectos”.