Endurecen normas y multarán por circular en monopatín eléctrico por la vereda
Te contamos qué país endurece las normas para los monopatines eléctricos. Desde octubre, multas por circular por la vereda y nuevas exigencias para conducirlos.
Endurecen normas y multarán por circular en monopatín eléctrico por la vereda
España implementará nuevas normas para los monopatines eléctricos y otros vehículos de movilidad personal. La actualización del Reglamento General de Circulación comenzará a regir el 1 de octubre y establece distintas condiciones para quienes utilicen estos vehículos.
Una de las principales novedades es la prohibición de circular por las veredas. Quienes no respeten esta norma podrán recibir multas de hasta 200 euros. La medida apunta a reforzar la seguridad de los peatones y a establecer reglas comunes para estos vehículos en todo el país.

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La nueva normativa también establece una edad mínima de 15 años para conducir un vehículo de movilidad personal. Además, será obligatorio utilizar casco cuando se circule por la vía pública.
Durante la noche o cuando haya poca visibilidad, los conductores deberán llevar las luces encendidas y utilizar un chaleco reflectante. Estas exigencias forman parte de las nuevas condiciones que deberán cumplir quienes utilicen estos vehículos.
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España cambia las normas para los monopatines eléctricos
La regulación alcanza a los vehículos de movilidad personal destinados a una sola persona y propulsados exclusivamente por un motor eléctrico. Además, deben tener una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora.
Dentro de esta categoría se encuentran los patines eléctricos, los monociclos eléctricos, los Segways y otros vehículos de autoequilibrio, además de los hoverboards. Todos deberán respetar las nuevas reglas de circulación establecidas por la normativa española.
Con los cambios, estos vehículos deberán compartir la calzada con el resto del tránsito o utilizar las vías especialmente habilitadas para ellos. La prohibición de circular por las veredas contempla posibles excepciones cuando sean establecidas mediante ordenanzas locales específicas.

