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PAMI: cómo afiliar a nietos a cargo y qué documentos presentar

PAMI permite sumar a nietos y nietas con discapacidad a la cobertura médica. Los requisitos, documentos necesarios y el paso a paso para hacer el trámite.


El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, más conocido como PAMI, brinda la posibilidad a sus afiliados de incorporar a la cobertura médica a nietos o nietas mayores de edad con discapacidad física o mental, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el organismo.

El trámite de afiliación es gratuito y requiere presentar una serie de documentos para acreditar la identidad, el vínculo familiar y la situación del beneficiario. Para realizar la gestión, la persona afiliada deberá solicitar un turno previo y asistir al Centro de Atención Especializada correspondiente.

Qué documentación se debe presentar el día del turno

Para realizar el trámite, la persona afiliada titular deberá presentar documentación que acredite su identidad, el vínculo familiar y la situación del nieto o nieta. Entre los requisitos se encuentran el DNI del afiliado titular con domicilio actualizado, el último recibo de haberes, el DNI del padre o madre y el DNI del nieto o nieta vigente con domicilio actualizado.

Además, se deberá presentar la partida o acta de nacimiento que compruebe el vínculo familiar, el Certificado Único de Discapacidad (CUD), la constancia de CUIL o CUIT y la certificación negativa de Anses. En caso de corresponder, también puede solicitarse el Formulario Familiar no Conviviente.

Las personas con discapacidad declaradas judicialmente quedan exceptuadas de acreditar identidad y domicilio mediante DNI libreta, según las condiciones establecidas por el organismo.

El trámite debe realizarse de forma presencial y con turno previo. Foto: Télam

Quiénes no pueden incorporarse a la cobertura de PAMI

No todos los familiares pueden acceder a esta incorporación. PAMI establece que no podrán afiliarse aquellos nietos o nietas que sean titulares de un beneficio previsional y tengan la posibilidad de acceder por sus propios medios a otra obra social. Tampoco podrán hacerlo quienes reciban una pensión graciable o una pensión no contributiva.