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Ordenan avanzar con el juicio contra dos aduaneros mendocinos por incumplimiento de deberes en un control fronterizo

La Cámara Federal de Casación rechazó el cierre del expediente por prescripción formulado por las defensas de Rubén Chiarolla Saapag y Nicolás Oscar Franco y dispuso continuar hacia el debate oral.


En un fallo dividido, la Sala I de la Cámara Federal de Casación le dio luz verde al Tribunal Oral Número 1 de Mendoza para avanzar con el proceso que involucra a dos aduaneros mendocinos acusados de incumplir sus deberes en un control fronterizo realizado en 2013.

La Sala I del máximo tribunal penal del país resolvió por mayoría no hacer lugar a los planteos de las defensas de Rubén Darío Chiarolla Saapag y Nicolás Oscar Franco, acusados de no controlar un micro proveniente de Chile que transportaba mercadería extranjera oculta.

Los abogados de Chiarolla Saapag y Franco buscaron declarar extinta la acción penal sobre ambos por el paso del tiempo y violación del “plazo razonable” de juzgamiento por un hecho ocurrido en abril de 2013 mientras cumplían funciones en el Complejo Aduanero Los Horcones, en la frontera entre Argentina y Chile.

Según la acusación, durante la madrugada del 21 de abril de 2013, ambos agentes tenían a su cargo la inspección de un colectivo de la empresa El Rápido S.R.L. que ingresaba al país desde Chile. El vehículo pasó el control sin observaciones, pero horas más tarde fue detenido nuevamente en Uspallata, donde personal aduanero encontró mercadería extranjera escondida en bodegas, baños, debajo de los asientos y otros compartimentos del micro. El valor de la carga secuestrada superaba los 551 mil pesos.

Aduaneros a juicio

La investigación dio por probada que Chiarolla Saapag y Franco no realizaron el control correspondiente por lo que fueron procesados y enviados a juicio por el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público.

En 2016 el expediente quedó en condiciones para la realización del debate oral, pero desde entonces nunca comenzó. La estrategia de la defensa se apoyó en esa demora, donde sostuvo que el proceso violó el derecho constitucional de los imputados a ser juzgados en un tiempo razonable. También planteó que la acción penal estaba prescripta porque uno de los acusados, Chiarolla Saapag, dejó la función pública en 2015 y desde entonces debía reanudarse el cómputo del plazo de prescripción.

Los camaristas Javier Carbajo y Daniel Petrone rechazaron la prescripción formulada por las defensas y concluyeron que la causa sigue vigente porque uno de los imputados, Nicolás Franco, continúa desempeñándose como funcionario público, cuestión que, a criterio de los magistrados y según la normativa vigente, suspende el plazo de extinción de la acción penal que pesa sobre él y sobre Chiarolla Saapag.

En ese marco, los magistrados también desestimaron un planteo de inconstitucionalidad y consideraron que no existieron dilaciones indebidas suficientes como para invalidar el proceso. En su voto, el juez Carbajo sostuvo que el TOF 1 de Mendoza había desarrollado actividad procesal y recordó que el análisis del “plazo razonable” no depende solamente de la cantidad de años transcurridos, sino de múltiples factores vinculados con la complejidad del caso y el accionar de las partes y del Poder Judicial.

Por su parte, la jueza Ángela Ledesma hizo lugar a la opinión del fiscal ante esa instancia, Javier De Luca, quien acompañó el pedido de las defensas de declarar extinguida la acción penal. El acusador público dictaminó que la duración del proceso resultaba excesiva y pidió el cierre del expediente.

En su análisis, Ledesma afirmó que la causa permaneció prácticamente paralizada durante nueve años, sin avances concretos hacia el juicio oral y sin maniobras dilatorias atribuibles a los acusados.

Por otra parte y citando doctrina de la Corte Suprema y de tribunales internacionales, la camarista señaló que “la excesiva duración del proceso penal conduce a la ilegitimidad del proceso”, y agregó que el Estado fue responsable de las demoras y no podía trasladar ese costo a los imputados.

La decisión deja en condiciones al TOF 1 de Mendoza para fijar fecha de inicio de debates donde se buscará determinar si ambos agentes desoyeron sus funciones.