Justicia Federal

Confirman la prisión para uno de los detenidos por la megaestafa a la AFIP

La Cámara Federal de Apelaciones rechazó el reclamo de Sergio Delfino, uno de los dos detenidos acusados de liderar una asociación ilícita que se dedicaba a vender facturas truchas que distintas empresas utilizaban para evadir impuestos. El perjuicio que le ocasionaron a las arcas del Estado rondaría los <b>226 millones de pesos</b>.

martes, 23 de abril de 2019 · 19:01 hs

Sergio Arturo Delfino y Pablo Prete son investigados como líderes de una asociación ilícita que se dedicaba a vender facturas apócrifas que eran utilizadas por empresas para evadir impuestos. La defensa de Delfino apeló su situación judicial ante la Cámara Federal de Apelaciones, pero el recurso fue rechazado y se confirmó la prisión preventiva. Conforme a la estimación realizada por AFIP, habrían redundado en un perjuicio fiscal de $226.395.545,33 sólo de capital, que dejaron de ingresar a las arcas del Estado Nacional.

El abogado de Delfino, Juan Day, argumentó que la causa está fundada sobre información que circuló vía mail y que la AFIP violó correspondencia privada al revisar los correos. Se trata de propuestas que se enviaron a Trampolimp SA para ofrecerles facturas truchas a la empresa, lo cual decantó en una denuncia anónima que que sirvió para desbaratar la usina de facturas apócrifas encabezada por Sergio Delfino y Pablo Prete.

Para la defensa de Delfino, quien fue capturado en agosto del año pasado luego de estar prófugo durante tres años, las actuaciones son nulas porque se sustentan en correos electrónicos privados que fueron leídos sin la autorización judicial correspondiente. Con ese argumento presentaron un recurso ante la Cámara Federal de Apelaciones con la intención de que Delfino recupere su libertad.

Según representantes de AFIP y la Dirección General Impositiva, el denunciante anónimo aportó capturas de pantalla de correos que llegaron a Trampolin SA. "Los correos incautados contienen facturas ofrecidas al destinatario y datos como la cuenta donde se depositaban las mismas, por lo que podríamos decir que carecería de sentido decir que Trampolimp SA puso a disposición estos mails, porque estaríamos ante una autoincriminación", explican desde AFIP.

Para Juan Day, abogado de Delfino,  "en un expediente se debe constatar la conformidad del destinatario para hacerse con el contenido o utilizar el mismo" y por ese motivo sostiene que las actuaciones son nulas. Pero la querella aseguró que "los fundamentos del recurso interpuesto" por Day no son claros "al ser una de las competencias de la AFIP recibir denuncias anónimas, no siendo éste, de cualquier manera, el único elemento que lleva a la investigación".

Por su parte, el fiscal de Cámara Dante Vega esgrimió que  "cuando una persona envía correspondencia pierde el control del curso causal por lo cual su garantía cae, no representando por lo tanto una violación de papeles privados".

Finalmente, los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones coincidieron con el fiscal y la querella y rechazaron el recurso de nulidad. De esta manera, quedó confirmada la prisión preventiva contra Sergio Delfino.

"Analizadas las constancias de la causa, a la luz de los agravios expuestos por la defensa y las posiciones asumidas por el Ministerio Público Fiscal y por la querella AFIP–DGI, este tribunal estima que no corresponde hacer lugar a la apelación interpuesta por la defensa de Sergio Arturo Delfino", fundamentaron los magistrados Gustavo Enrique Castiñeira de Dios, Alfredo Rafael Porras y Olga Pura Arrabal.

Años de investigación

Delfino estuvo prófugo y con pedido de captura, desde el día 30 de septiembre de 2015 hasta el día 19 de agosto pasado, cuando fue encontrado y aprehendido en la ciudad de Villa Dolores, de la provincia de Córdoba. Junto a Pablo Prete se los considera jefes y organizadores de una asociación ilícita que se dedicaba a vender facturas apócrifas a empresas que las utilizaban para evadir impuestos. Ambos arriesgan una condena de 5 a 6 años y 10 meses de prisión efectiva.

Según el juez de primera instancia que ordenó el procesamiento con prisión preventiva, "se advierte con total claridad que la finalidad de la organización era la de que se cometieran evasiones tributarias (arts. 1 y 2 de la ley 24.769), lo cual surge de la cantidad de facturas apócrifas comercializadas por los integrantes de la organización y, fundamentalmente, de los elevados montos por los que se facturaba a algunos contribuyentes y la reiteración de estas operaciones con los mismos contribuyentes". Incluso, agrega que sus clientes eran fiscalizados, sospechados de adquirir y hacer uso de la facturación apócrifa provista por la usina ilegal “PreteDelfino”, con el objeto de evadir el pago de los impuestos a los que estaban obligados, reduciendo indebidamente la base del cálculo de los tributos mediante la simulación de costo".

Responsabilidad empresaria

En diciembre del años pasado el abogado Jan Day se quejó ante la Justicia Federal porque no se investigó a las empresas que habrían comprado las facturas. "La AFIP trata distinto al empresario". "Delfino hace facturas apócrifas ideológicamente, lo que no controvierte esta instancia. Ahora bien, es un error grosero lo que hace AFIP y el Ministerio Público en perseguir a Delfino sin perseguir a las empresas que buscan las facturas para evadir", argumentó el letrado.

"La AFIP trata distinto al empresario (quien origina el pedido de la factura y es el beneficiario) ya que no lo persigue y que ni siquiera está en los procesos. La AFIP pacta con ellos o la ley le permite pagar al empresario, mientras que Delfino, que es quien les hace el trabajo de conseguir las facturas para sus clientes, tiene que sufrir una pena de cinco años como mínimo, pena que es inconstitucional", agregó en diciembre del año pasado.

Desde la Justicia Federal explican que "podría ocurrir que los usuarios de las facturas apócrifas, por circunstancias diversas, finalmente no lleguen a consumar delito tributario alguno evasión, en este caso". "No obstante lo cual, igualmente debería perseguirse penalmente y eventualmente penarse a los integrantes de la asociación ilícita fiscal si se demuestra la finalidad delictual referida”, aclaran.