Ya tiene fecha el desalojo masivo de terrenos ocupados en Guernica
La justicia finalmente decidió cuándo se llevará a cabo el desalojo masivo de las familias que tomaron terrenos en la localidad de Guernica, en La Plata.
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El juez de Garantías N° 8 de Cañuelas, Martín Rizzo, definió la fecha en la que se llevará a cabo el allanamiento. El magistrado estableció que el procedimiento se realizará el 23, 24 y 25 de septiembre próximos, según destaca Infobae.
Actualmente hay más de 2.500 familias en el predio, que comenzaron a instalarse a partir del 20 de julio. El lugar tiene cerca de 100 hectáreas, y está dividido en dos terrenos.
Según se lee en la resolución que tiene fecha de ayer, el magistrado facultó al fiscal de la causa, Juan Cruz Condomí Alcorta, de la UFI N° 16 de La Plata, para “recurrir al auxilio de la fuerza pública –de ser necesario–, la cual deberá ejecutar el presente con el mayor cuidado de la integridad física de las personas que ocupen el predio y de los bienes que allí se hallaren, debiendo acudir al uso de la fuerza en caso en que resulte indispensable y en la menor medida posible”.
La Justicia penal de La Plata había ordenado esta semana el desalojo de las tierras tomadas en la localidad bonaerense, y estableció que el procedimiento debe realizarse en horario diurno, informó una fuente judicial. La decisión fue adoptada por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantía en lo penal, que ratificó el fallo del juez de Garantías de Cañuelas, Martín Rizzo, de acuerdo con el fallo.
Los camaristas Raúl Dalto, Miriam Ermili y María Silvia Oyhamburu confirmaron el fallo del magistrado y ordenaron “el allanamiento para efectivizar el lanzamiento peticionado por el Ministerio Público Fiscal a los fines de hacer cesar los efectos del presunto delito que se estaría cometiendo”.
La decisión ya había establecido que “el desalojo colectivo deberá ejecutarse en fecha a determinar por el juez de Garantías, el cual deberá ser en horario diurno, desde que salga hasta que se ponga el sol no pudiendo instrumentarse en condiciones climáticas adversas”.
Para la diligencia “se podrá otorgar la facultad al agente fiscal de recurrir al auxilio de la fuerza pública", que deberá realizar el procedimiento "con el mayor cuidado de la integridad de las personas que ocupen el predio y de los bienes" y recurrir "al uso de la fuerza en caso en que resulte indispensable y en la menor medida posible”, determinó el fallo.