Feriado del 9 de julio: cómo se paga el viernes 10 y quiénes tendrán fin de semana largo
El viernes 10 de julio será día no laborable con fines turísticos. Quiénes deben trabajar, cómo se paga la jornada y qué diferencia hay con el feriado.
Cómo te tienen que pagar si trabajas el viernes 10 de julio.
Imagen generada con IA MDZEl nacional por el Día de la Independencia volverá a generar un para muchos argentinos. Sin embargo, el viernes 10 de julio no tendrá el mismo alcance que el jueves 9, ya que fue establecido como día no laborable con fines turísticos. Esa diferencia define quiénes trabajarán y cómo se abonará la jornada.
Viernes 10 de julio: qué tenés que saber
- No es un feriado nacional: el viernes 10 fue declarado día no laborable con fines turísticos.
- En el sector privado, decide el empleador: cada empresa puede optar por abrir o dar el día libre.
- Si trabajás, cobrás el salario habitual: no corresponde el pago doble.
- Si la empresa no abre, también cobrás normalmente: el día se remunera como una jornada común.
- En el sector público, la mayoría de los organismos suele adherir, aunque cada jurisdicción puede definir su modalidad de funcionamiento.
Cómo se paga el feriado del 9 de julio
A diferencia del viernes, el jueves 9 de julio sí es un feriado nacional por el Día de la Independencia. Por ese motivo, quienes deban trabajar durante esa jornada deberán cobrar el doble de una jornada habitual, tal como establece la Ley de Contrato de Trabajo.
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En cambio, el viernes 10 no genera un pago adicional, ya que la normativa vigente dispone que los días no laborables se abonan como una jornada común.
¿Quién decide si se trabaja el viernes 10?
En el sector privado, los días no laborables no son de cumplimiento obligatorio. Por eso, la decisión de abrir o no y de otorgar la jornada libre queda exclusivamente en manos de cada empleador.
Esto significa que algunas empresas extenderán el descanso hasta el domingo y concederán un fin de semana largo de cuatro días, mientras que otras mantendrán su actividad habitual.
En el caso de la administración pública y otros organismos estatales, lo habitual es que adhieran al día no laborable, aunque cada jurisdicción puede confirmar su propio esquema de funcionamiento.