El dilema del arbolado público en Mendoza: cuándo un árbol se considera peligroso y cuándo se poda
Mendoza modificó las reglas para gestionar su arbolado, pero especialistas plantean dudas sobre cómo se poda, se reemplaza y se controla cada ejemplar.
Especialistas advierten que una poda debe responder a un diagnóstico y no convertirse en una intervención automática.
Santiago Tagua/MDZCada vez que el viento Zonda baja con fuerza al llano, Mendoza vuelve a mirar hacia arriba. Las ráfagas pueden tirar ramas, postes y árboles completos, pero el estado de un forestal no empieza a definirse el día del temporal: se construye durante años con riego, poda, control, cuidado del suelo y mantenimiento.
Este año esa discusión tuvo un desenlace trágico en San Carlos. Una pareja murió cuando un árbol cayó sobre la camioneta en la que viajaba junto a su hija en Paso de las Carretas, un caso que después puso bajo la lupa las advertencias previas y el estado de los forestales ubicados junto a las rutas.
Ahora el debate vuelve con una nueva temporada de viento y con un cambio importante en las reglas. La Ley 9702 modificó en marzo la histórica Ley 7874 de Arbolado Público y, en agosto, el Gobierno provincial reglamentó el nuevo esquema mediante el Decreto 1720/2026. La norma busca ordenar responsabilidades, exigir planificación y establecer criterios técnicos comunes para toda Mendoza.
A raíz de todo esto, una pregunta vuelve a ubicarse en el centro del debate: ¿Cómo se determina que un ejemplar es peligroso y cuándo corresponde podarlo o retirarlo?
Este cuestionamiento no se limita a los árboles secos. La arquitecta paisajista Elina Llaver advierte que también debe revisarse cómo se poda un ejemplar sano, qué cantidad de copa se elimina, quién decide los cortes y qué seguimiento se hace después. Para la especialista, una poda técnicamente correcta debería ser la menor intervención capaz de resolver un problema comprobado y conservar, en lo posible, la estructura natural del árbol.
Una nueva norma y una vieja discusión
La Ley 7.874, sancionada en 2008, considera al arbolado público como patrimonio natural y cultural de Mendoza. La reforma introducida por la Ley 9702 mantiene esa protección, pero cambia la forma en que se distribuyen las tareas y obliga a los municipios a presentar cada cuatro años un Plan de Manejo Integral del Arbolado, además de un informe anual sobre su ejecución.
El decreto 1.720, publicado en agosto, agrega una herramienta que puede resultar importante para conocer qué está pasando con cada ejemplar. Mi Árbol pasa a ser el registro provincial oficial y los municipios deben cargar y actualizar allí la información, incluyendo erradicaciones, talas y nuevas plantaciones. También se establece que los municipios que todavía no tengan un censo deberán cargar la información correspondiente dentro del plazo fijado por la reglamentación.
Además, establece criterios para la poda, la erradicación, la reposición y el registro de los ejemplares. Así como también contempla protocolos para árboles con riesgo de caída, planes de riego, reacondicionamiento de nichos, manejo sanitario y planificación de obras que puedan afectar las raíces. Sin dejar de lado que cuando existe un riesgo inminente para las personas, el ejemplar debe ser retirado y la intervención debe quedar respaldada por un informe técnico y fotografías.
El diagnóstico antes de la poda
Para Llaver, el punto de partida debería ser siempre el diagnóstico. Antes de cortar una rama, plantea que hay que conocer la especie, la edad, el estado general, la distribución de las ramas, la presencia de partes secas o rotas, las uniones débiles, las podas anteriores y los conflictos concretos con tránsito, construcciones o cableado.
Eso significa que no todos los árboles de una misma calle deberían recibir necesariamente la misma intervención. Incluso puede ocurrir que la decisión técnicamente correcta sea no podar, algo que la especialista considera fundamental para evitar que la temporada de poda se transforme en un motivo automático para intervenir.
Llaver también cuestiona la idea de que un árbol grande sea, por sí mismo, un árbol peligroso. Si existe un riesgo, sostiene, primero hay que identificar dónde está y qué podría ocurrir si una rama o parte del ejemplar falla. La poda debería actuar sobre ese problema específico y conservar el resto de la copa sana cuando sea posible.
La estructura de los árboles y el límite del 30%
Uno de los puntos que más preocupa a la paisajista es la eliminación de ramas estructurales, porque forman parte de la arquitectura que el árbol desarrolló durante años y retirarlas modifica la distribución de cargas y la forma en que las fuerzas del viento actúan sobre el ejemplar. Después de una poda severa pueden aparecer numerosos brotes alrededor de los cortes: el árbol vuelve a ponerse verde, pero Llaver advierte que ese rebrote no significa necesariamente que haya recuperado la estructura que perdió.
El problema se vuelve mayor cuando ese proceso se repite durante años porque se acumulan heridas y se modifica progresivamente la estructura del árbol. En ese contexto, uno de los puntos que plantea sobre la nueva reglamentación es el límite del 30% de canopia previsto para determinadas situaciones especiales: que la norma establezca un máximo permitido no significa que ese porcentaje deba convertirse en una meta de poda.
La pregunta que deja abierta la especialista es si ese 30% funcionará realmente como un techo excepcional o si puede terminar interpretándose como una intensidad habitual de intervención. La distinción tiene una consecuencia concreta en la calle: si una cuadrilla toma ese porcentaje como la cantidad de copa que puede eliminar, la aplicación práctica de la norma podría alejarse del principio de poda mínima que plantea la legislación.
Quién decide y quién controla
La nueva regulación incorpora profesionales agrónomos o forestales en las estructuras responsables del arbolado y exige respaldo técnico para las tareas.
La especialista propone que cada poda pueda reconstruirse después con información básica: cómo estaba el árbol, cuál era el problema detectado, qué intervención se autorizó, quién la indicó, qué profesional la supervisó y qué terminó haciendo la cuadrilla. En su análisis normativo sostiene que sin esa trazabilidad resulta difícil determinar responsabilidades cuando el resultado no coincide con lo autorizado.
El problema puede empezar cuando se planta el árbol
Para Elina Llaver, el manejo del arbolado también debe mirar hacia abajo: un árbol necesita suelo, agua y aire para que sus raíces puedan desarrollarse y sostener la estructura que tendrá de adulto. Por eso cuestiona que se planifiquen espacios reducidos sin considerar el tamaño futuro del tronco, las raíces y la copa, además de su relación con acequias, veredas y servicios.
La nueva reglamentación fija para los nichos un mínimo de 40 por 40 centímetros y un máximo de 1,20 por 1,20 metros, según las características de la vereda. Llaver advierte que una medida mínima uniforme no necesariamente contempla las necesidades de cada especie y plantea que una planificación deficiente puede convertir, décadas después, a un árbol sano en un supuesto problema.
Plantar tres no significa recuperar un árbol adulto
La misma lógica aplica a la reposición: por cada árbol erradicado deben plantarse al menos tres nuevos ejemplares, pero la especialista advierte que plantar no garantiza su desarrollo. Para que lleguen a adultos necesitan riego, conducción, tutorado y seguimiento, además de un espacio adecuado desde el comienzo.
Por eso propone medir qué ocurre después de plantar: cuántos ejemplares sobreviven, cuánto crecen, si fueron ubicados correctamente, si reciben riego y mantenimiento y qué calidad estructural alcanzan. En su análisis de la normativa sostiene que la supervivencia y el desarrollo deberían formar parte de la evaluación de cualquier política de forestación.
Esto también lleva la discusión hacia el lugar donde empieza buena parte de los problemas futuros: la plantación. Llaver cuestiona qué ocurre cuando un municipio coloca un árbol demasiado cerca de una acequia, una vereda o una infraestructura y décadas después ese mismo conflicto termina utilizándose como argumento para podarlo o erradicarlo.
El Zonda puede advertir, pero no diagnostica
Cada vez que corre viento Zonda, este vuelve a poner a prueba al arbolado mendocino y puede provocar caída de ramas y ejemplares, por lo que Defensa Civil recomienda durante estos episodios alejarse de árboles grandes o de madera frágil y evitar estacionar debajo de ellos. Pero un pronóstico de viento no alcanza para determinar qué árbol debe podarse o retirarse: esa decisión requiere un diagnóstico previo sobre el estado de cada ejemplar.
La nueva normativa plantea justamente una gestión basada en diagnósticos, responsables técnicos, autorizaciones y registros, con protocolos para intervenir ante riesgos de caída. El desafío, entonces, aparece antes del temporal: detectar los árboles comprometidos, actuar cuando corresponda y dejar asentado por qué se tomó cada decisión.
El contexto climático suma otra variable, pero sin confundir fenómenos: El fenómeno de El Niño puede aumentar la probabilidad de lluvias y granizo durante primavera y verano, mientras que el Zonda responde a otra dinámica atmosférica. La discusión sobre el arbolado, por eso, no debería comenzar cuando llegan las ráfagas, sino mucho antes, con un seguimiento que permita saber qué árboles están sanos, cuáles necesitan intervención y cuáles representan un riesgo.
Después de la tragedia de San Carlos, cómo se decide qué árbol se debe cortar
La muerte de una pareja aplastada por un árbol en la Ruta Nacional 143, en Paso de las Carretas, volvió a poner bajo la lupa el manejo del arbolado vial en San Carlos. El abogado y referente ambiental de San Carlos, Marcelo Romano cuestiona que algunos ejemplares que considera peligrosos continúen en pie y sostiene que, tras la tragedia, se retiraron árboles que todavía estaban en buen estado, una denuncia que deberá ser contrastada con documentación y respuestas oficiales.
El planteo abre una discusión sobre cómo se determina el riesgo de cada ejemplar. El análisis de la paisajista Elina Llaver advierte que conceptos como “decrepitud irreversible”, inclinación, enfermedades, cavidades o daños en las raíces deberían evaluarse mediante criterios técnicos y no convertirse automáticamente en una orden de erradicación.
Al mismo tiempo, Romano reclama un relevamiento integral del arbolado vial, con diagnóstico, georreferenciación, clasificación del riesgo y registro de los ejemplares retirados. La Ley 7874 establece además condiciones para la erradicación y el eventual destino de la madera, por tratarse de arbolado público.
Una norma que ahora debe probarse en la calle
La nueva legislación establece planes, autoridades, profesionales, registros y criterios técnicos. La Ley 9.702 fija como obligación provincial establecer lineamientos mínimos y supervisar su cumplimiento, mientras que el Decreto 1.720 reglamenta cómo debe funcionar ese esquema.
La discusión que plantean los especialistas es qué ocurre entre la norma y el árbol concreto. Quién lo diagnostica, quién decide, quién corta, quién controla y qué información queda disponible después son preguntas que permiten medir la gestión más allá de la cantidad de ejemplares podados, talados o plantados.
Después de una tragedia como la de San Carlos, el objetivo no debería ser simplemente cortar más árboles. Tampoco plantar más árboles por una cuestión estadística. El verdadero desafío es construir un sistema capaz de conservar los ejemplares sanos, detectar los que representan un riesgo y dejar trazabilidad de cada intervención sobre un patrimonio que pertenece a toda la comunidad.