Así es el proyecto que busca frenar las llamadas publicitarias que son un "hostigamiento sistemático"
El proyecto presentado en la Legislatura busca poner limitaciones y prohibiciones a las compañías que realizan llamados comerciales de manera masiva.
El proyecto plantea la regulación en Mendoza de las comunicaciones telefónicas de carácter comercial que sean "abusivas" y no hayan sido consentidas.
Archivo MDZDesde su irrupción, el telemarketing ha proliferado en Argentina hasta alcanzar extremos insospechados. Así, es una práctica habitual de distintas compañías lleguen a llamar varias veces durante un mismo día. Ante este panorama, en la Legislatura de Mendoza se presentó un proyecto que busca frenar este tipo de prácticas.
La iniciativa que lleva la firma del diputado peronista Germán Gómez, quien explica que el proyecto nació "recorriendo el sur de la provincia y hablando con los vecinos de San Rafael". En ese sentido, el legislador asegura que "no hay diagnóstico técnico que reemplace eso". "La gente no necesita que le expliquen el problema, lo padece todos los días", expone.
El problema al que hace referencia Gómez es el de los llamados que compañías de telemarketing realizan de manera constante. "Es hostigamiento sistemático", asevera el legislador. En el texto presentado, el diputado asegura que, pese a la existencia del Registro Nacional "No Llame", hay ciudadanos inscriptos que siguen "recibiendo llamadas" de los operadores, de los cuales dice que "rotan numeración" y tercerizan "para diluir responsabilidades". "El resultado es siempre el mismo: el ciudadano que reclamó no tiene con quién hablar y el infractor no tiene con quién rendir cuentas".
Para Gómez no hay ilegitimidad en los llamados que una compañía realiza a sus clientes, sino que el problema radica en "la campaña indiscriminada , la lista comprada, el sistema automatizado que marca miles de números sin que ninguno de esos vecinos haya pedido que los llamen. Eso es lo que prohíbe este proyecto".
Otro de los factores que fueron claves a la hora de redactar la iniciativa fue la situación de los adultos mayores. Para el legislador, este grupo etario es especialmente vulnerable debido a que "tienen más paciencia" y "a veces no terminan de entender lo que firmaron". "Los operadores saben", asegura el diputado.
Si bien Gómez reconoce que el proyecto no busca solucionar de raíz la problemática planteada, sí busca establecer "las prohibiciones que importan". En ese marco, busca fijar "sanciones necesarias" para "proteger" a quienes "lo más lo necesitan". Además, busca que, en caso de ser aprobada la norma, el Ejecutivo la reglamente en un plazo máximo de noventa días corridos desde su promulgación.
Qué dice el proyecto que busca prohibir el telemarketing indiscriminado
En primera instancia, el proyecto plantea la regulación de las comunicaciones telefónicas de carácter comercial que sean "abusivas" y no hayan sido consentidas. En ese contexto, la iniciativa enmarca en este tipo de prácticas las llamadas de voz, mensajes de texto (SMS), mensajería instantánea o sistemas automatizados que tengan "propósitos publicitarios, promocionales, de captación de clientes o de gestión de cobro de deudas".
El proyecto busca alcanzar a quienes -ya sea de manera directa o mediante la intervención de terceros- impulsen comunicaciones dirigidas a consumidores con domicilio real o número de teléfono registrado en Mendoza, independientemente de donde esté su sede. "El operador y el comitente responden solidariamente. Ningún acuerdo interno entre ellos puede usarse para eludir esa responsabilidad frente al usuario".
Cabe resaltar que el texto establece como autoridad de aplicación a la Dirección de Defensa del Consumidor de la Provincia de Mendoza (o al organismo que la pueda reemplazar en el futuro). En este aspecto, detalla que sus funciones serán recibir y tramitar las denuncias, actuar de oficio, requerir información a operadores y comitentes, realizar inspecciones y dictar las resoluciones en las que se sancionen a los infractores.
En caso de que el proyecto sea aprobado, su reglamentación dará forma a un Registro Provincial de Oposición al Contacto Comercial Telefónico (Repoc), además de establecer los procedimientos de denuncias y sus correspondientes plazos, el sistema de compensación económica a usuarios, las obligaciones formales de operadores y comitentes, los parámetros de vulnerabilidad económica y los criterios de graduación de sanciones.
Cuáles son las prohibiciones que plantea el proyecto
- Realizar comunicaciones comerciales telefónicas "masivas". En este apartado, el proyecto incluye a aquellas "que se dirijan a destinatarios con quienes el operador o
comitente no mantiene una relación contractual previa y vigente, o que se ejecuten mediante sistemas automatizados de marcación, listas de contacto adquiridas o cedidas por terceros, o cualquier mecanismo que alcance simultáneamente a diez o más usuarios en el marco de una misma iniciativa". En caso de existir algún contrato previo, éste deberá ser acreditado por el operador.
- El tipo de comunicaciones alcanzados por la iniciativa no podrán realizarse fuera del horario estipulado (de 9 a 20 horas), siempre teniendo en cuenta el horario que se utilice en la provincia de Mendoza.
- Realizar más de dos llamados semanales a un mismo número
- Usar números ocultos, rotativos o con ID falso o genérico. Este apartado busca que el destinatario del mensaje pueda reconocer el origen de la llamada.
- Reanudar la comunicación con aquellas personas que hayan expresado de manera concreta su deseo de no volver a ser contactadas.
- Utilizar sistemas automatizados o de inteligencia artificial para simular conversaciones humanas que no informen desde el inicio que no hay una persona del otro lado de la línea.
- Condicionar beneficios, descuentos o ventajas a la aceptación de futuras comunicaciones.
- Utilizar métodos de cobro intimidatorios que puedan afectar la "privacidad del hogar o la situación laboral del usuario".
Cómo se busca proteger a los grupos vulnerables
Según expresa el texto ingresado en la Legislatura, los contratos que hayan surgido a partir de las prácticas comunicacionales que vayan en contra de lo establecido en el proyecto puede ser declarado nulo "a instancia del usuario afectado". Según la iniciativa, una vez declarada la nulidad, el usuario afectado tendrá derecho a "recuperar íntegramente las sumas abonadas más los intereses calculados a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde cada pago".
En cuanto a la situación de los adultos mayores, el proyecto establece que los contratos celebrados a partir de "comunicaciones prohibidas por esta ley" se presumen concluidos mediante abuso de su situación, en los términos del artículo 332 del Código Civil y Comercial". En este marco, el escrito establece que serán consideradas infracciones agravadas las comunicaciones dirigidas a personas mayores de 70 años, con "discapacidad auditiva, cognitiva o intelectual certificada", y a consumidores en situación de vulnerabilidad económica "conforme la reglamentación".
Cuáles son las infracciones y sanciones previstas
El proyecto clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. El criterio utilizado para enmarcar una situación en cada una de estos grupos está vinculado a la reincidencia de la conducta, el uso de sistemas automatizados, la cantidad de usuarios afectados y la pertenencia (o no) de la "víctima" a alguno de los denominados grupos vulnerables.
En cuanto a las multas, éstas se expresan en Unidades Fijas (UF), y siguen una escala que va de 10 a 100 UF para infracciones leves, 101 a 500 UF para las graves, y 201 a 2.000 UF para las consideradas muy graves.
Además, la iniciativa aclara que cuando la infracción alcanzó a sistemas automatizados a cien o más personas, el tope de cada escala se multiplicará por el numero de afectados. El límite máximo es de 20.000 UF. Así, por ejemplo, si una compañía cometió una infracción leve de 50 UF, mediante la cual fueron afectadas 100 personas debido al uso de sistemas automatizados, la sanción será de 5.000 UF.
En paralelo, se establece que además de la multa podrá aplicarse apercibimiento público, inhabilitación de entre seis meses y dos años para realizar comunicaciones en Mendoza (en casos graves reiterados), decomiso con destrucción certificada de las bases de datos utilizadas. También se expone que la reincidencia habilita a aplicar "hasta el doble del máximo de la escala, siempre que exista resolución firme dentro de los cinco años anteriores".
Cuál será el destino de los montos recaudados por multas
El 40% de los montos recaudados por multas será destinado al Fondo de Fortalecimiento de la Autoridad de Aplicación, el 30% al pago de compensaciones de los usuarios afectados (en el caso que el infractor no las haya abonado en el término establecido), el 15% al sostenimiento de comedores y merenderos comunitarios, y el 15% restante a Rentas Generales.
Qué es el Registro Nacional No Llame
El Registro Nacional No Llame reúne los números telefónicos de las personas que no quieren recibir llamadas publicitarias. El mismo está dirigido a las empresas de publicidad y marketing telefónico, quienes antes de ofrecer bienes o servicios, están obligadas a consultar el registro.