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ARCA dejará de apelar sentencias por Ganancias: qué cambia para los jubilados

ARCA dejará de apelar ciertas sentencias sobre ganancias en jubilaciones. La abogada María Pía Molgatini explica qué cambia y quiénes podrían reclamar el reintegro.

La nueva estrategia judicial de ARCA alcanza determinadas causas relacionadas con las retenciones de Ganancias sobre haberes jubilatorios. Imagen ilustrativa.

La nueva estrategia judicial de ARCA alcanza determinadas causas relacionadas con las retenciones de Ganancias sobre haberes jubilatorios. Imagen ilustrativa.

La novedad puede parecer, a primera vista, el final del Impuesto a las Ganancias para los jubilados que hoy sufren retenciones. Sin embargo, su alcance es más acotado. “No significa que automáticamente dejen de practicarse los descuentos”, advirtió María Pía Molgatini durante una entrevista exclusiva con MDZ.

La abogada especialista en derecho previsional —matrícula SCJM 12756 y CSJN T150 F829— se refirió al cambio de estrategia dispuesto por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. Mediante la Instrucción General 4/2026, ARCA ordenó a sus representantes no llevar hasta la Corte Suprema determinados fallos adversos relacionados con Ganancias sobre haberes previsionales y desistir de algunos recursos extraordinarios que todavía no habían sido sustanciados. “La decisión de ARCA es importante porque implica que el organismo dejará de sostener recursos ante la Corte Suprema en causas donde ya existe una doctrina consolidada sobre el tema”, explicó María Pía Molgatini. Para la especialista, el objetivo es evitar que continúen procesos cuyo resultado resulta previsible: “Con ello busca evitar costos y demoras innecesarias en procesos donde el Máximo Tribunal ya fijó un criterio”.

El cambio de ARCA no elimina las retenciones automáticamente

La instrucción modifica la conducta procesal del organismo recaudador, pero no deroga el impuesto ni concede por sí sola una exención general a todos los beneficiarios previsionales. También conserva excepciones para expedientes en los que se discuta la legitimación de quien reclama o existan circunstancias que, según los abogados fiscales, permitan intentar revertir la sentencia. Por eso, la situación concreta de cada jubilado continúa siendo determinante. “Si un jubilado observa en su bono de cobro que continúa sufriendo retenciones por este concepto, es recomendable que consulte su situación particular para determinar si el descuento se ajusta a derecho”, señaló Molgatini. Ese análisis permitirá establecer si corresponde iniciar un reclamo judicial destinado a frenar las deducciones y evitar que una expectativa generada por el anuncio se confunda con un beneficio ya concedido.

El antecedente central es el fallo “García, María Isabel”, dictado por la Corte Suprema en marzo de 2019. En ese expediente, el tribunal consideró insuficiente evaluar solamente los ingresos y la capacidad contributiva de la demandante. También tuvo en cuenta su edad, su estado de salud y los mayores gastos derivados de esas circunstancias. “El mayor aporte del fallo ‘García’ fue incorporar el concepto de vulnerabilidad como un elemento central del análisis tributario”, sostuvo la abogada en diálogo con MDZ. “La Corte entendió que no alcanza con analizar únicamente la capacidad contributiva, sino que también deben considerarse las mayores necesidades que atraviesan las personas mayores”, añadió. La sentencia ordenó que cesaran las retenciones para la actora y que se devolvieran las sumas comprendidas en el pronunciamiento.

Por qué el bono de haberes es clave para detectar el descuento

Para María Pía Molgatini, el análisis debe partir de la naturaleza del beneficio previsional. “Desde el punto de vista previsional, la jubilación no constituye simplemente un ingreso más. Es una prestación sustitutiva del salario y tiene una finalidad alimentaria, destinada a garantizar el sustento de quien ya no se encuentra en actividad”, explicó.

Esa característica resulta relevante al evaluar cómo incide una retención impositiva sobre una persona mayor, en especial cuando existen problemas de salud, discapacidad, tratamientos costosos u otras condiciones de vulnerabilidad. La especialista recomendó observar con detalle el recibo mensual: “Muchas veces el jubilado mira solamente el monto que cobra y no revisa los conceptos que integran su bono de haberes”. Allí se puede identificar si existe una deducción por Ganancias y obtener el primer elemento necesario para estudiar el caso.

Qué puede reclamar un jubilado alcanzado por Ganancias

El cambio de estrategia de ARCA puede acortar ciertos litigios y evitar que algunas sentencias favorables sean discutidas sistemáticamente ante el máximo tribunal, pero no reemplaza la presentación que cada persona deba realizar. “Es justamente en el bono donde pueden advertirse descuentos que merecen ser analizados”, insistió Molgatini. Cuando los antecedentes personales y la documentación respaldan el planteo, el reclamo puede proyectarse sobre lo que suceda en los meses siguientes y también sobre retenciones ya efectuadas.

“Cuando el reclamo resulta procedente, no solamente puede solicitarse el cese del descuento hacia el futuro, sino también la devolución de las sumas retenidas indebidamente, con el alcance que corresponda en cada caso”, precisó. La clave es no interpretar la instrucción como una eliminación automática del tributo, sino como un cambio procesal que reconoce el peso alcanzado por la doctrina de la Corte y puede reducir la extensión de los juicios que encuadren en ella.