Anses paga hasta $462.000 de golpe en marzo: quiénes pueden cobrarlo y cómo pedirlo
Las asignaciones familiares de pago único de Anses siguen vigentes en marzo 2026. Los montos, los requisitos y cómo iniciar el trámite.
Anses abona las asignaciones familiares de pago único durante todo el año. Foto: Archivo
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) actualizó algunas prestaciones en el mes de marzo. En este sentido, muchos se preguntan sobre los montos actuales de las asignaciones familiares de pago único, que incluyen los casos de nacimiento, adopción y matrimonio.
Según confirmó el organismo, en marzo del 2026, los valores se mantienen sin cambios respecto al período anterior y están disponibles para trabajadores en relación de dependencia cuyos ingresos no superen el tope establecido por el organismo.
Te Podría Interesar
Cuáles son los montos vigentes
Las asignaciones de pago único que abona Anses en marzo son tres y cada una tiene un monto diferente según el hecho que las origina.
- Asignación por nacimiento: es de $77.414 y se abona una sola vez al presentar la documentación correspondiente. El trámite debe realizarse dentro de los dos años desde la fecha de nacimiento para no perder el derecho al cobro.
- Asignación por adopción: es la más alta del grupo y asciende a $462.845. Se liquida al acreditarse la adopción ante el organismo y también tiene un plazo de dos años desde el hecho generador para presentar la documentación.
- Asignación por matrimonio: es de $115.913 y se abona a ambos cónyuges cuando los dos son beneficiarios, o al que corresponda en caso de que solo uno lo sea. Al igual que las anteriores, la presentación no debe superar los dos años desde la fecha del casamiento.
Los tres beneficios aplican para trabajadores con un Ingreso del Grupo Familiar (IGF) de hasta $5.445.190.
Qué documentación se necesita para presentar en Anses
Para los tres trámites es obligatorio presentar DNI, constancia de CUIL o CUIT y certificación negativa de Anses de todos los integrantes del grupo familiar, junto al recibo de haberes en caso de percibir un beneficio previsional.
Para el nacimiento se requiere la partida de nacimiento del hijo y, si corresponde, certificado de matrimonio o documentación de guarda, tenencia o tutela. Para la adopción se suma el testimonio de la sentencia judicial y la nueva partida con mención de la adopción. Para el matrimonio se necesita el certificado de casamiento y, en caso de segundas nupcias, la sentencia de divorcio o acreditación del fallecimiento del cónyuge anterior.


