Anmat dispuso la baja de tres laboratorios por incumplimientos sanitarios
Las disposiciones publicadas en el Boletín Oficial por Anmat buscan garantizar el cumplimiento de la normativa y proteger la salud pública.
Anmat canceló registros y legajos por falta de requisitos técnicos.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la baja de habilitación y la cancelación de registros de tres laboratorios mediante disposiciones publicadas en el Boletín Oficial. Las medidas alcanzan a las firmas Laboratorios Gordon S.A.C.I.F.I.A., Inmunolab S.A. y Cerium S.A.
Laboratorios con falta de certificados y dirección técnica
En el caso de Laboratorios Gordon S.A.C.I.F.I.A., la Anmat resolvió dar de baja su habilitación y cancelar el Legajo N° 6139, luego de constatar que la empresa no posee certificados inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) ni realiza actividades productivas o de comercialización. La firma estaba habilitada como elaboradora de especialidades medicinales de uso externo no estériles, sin principios activos específicos, en una planta ubicada en el partido bonaerense de San Fernando.
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Por su parte, la disposición 338/2026 alcanzó a Inmunolab S.A., cuya habilitación fue cancelada junto con todos los certificados inscriptos en el REM bajo su titularidad. Según lo informado, la empresa no contaba con dirección técnica habilitada y, además, fue notificada del desalojo del inmueble donde funcionaba su laboratorio en la Ciudad de Buenos Aires. A esto se sumó que todos sus registros de especialidades medicinales se encontraban vencidos y en condición de no comercializados.
En tanto, la Anmat también dispuso la baja de la habilitación de Cerium S.A., cancelando el Legajo N° 7394, debido a que la firma no contaba con dirección técnica, un requisito obligatorio para los establecimientos dedicados a la producción o acondicionamiento de medicamentos. Además, se indicó que la empresa no posee certificados inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales.
Las resoluciones se adoptaron en el marco de la Ley N° 16.463 y su normativa reglamentaria, que establece que las actividades vinculadas a medicamentos deben desarrollarse bajo autorización y control de la autoridad sanitaria. Desde el organismo señalaron que estas medidas buscan resguardar la salud pública y garantizar que los establecimientos del sector cumplan con las condiciones técnicas y legales exigidas.


